JUZGADO DE GARANTIA DE CHIGUAYANTE

FERRAN MICHAEL SANTAMARIA BIGGEMANN CONTRA JUAN IGNACIO VALENZUELA RAMIREZ. QUERELLANTES: COMERCIAL, DISTRIBUIDORA E INVERSIONES FSB LIMITADA, DISTRIBUIDORA DE PRODUCTOS NATURALES SYM LIMITADA, PAMELA ALEJANDRA MAZA NOVOA

Rol

Fecha

13 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°) La defensa de Juan Ignacio Valenzuela Ramírez, querellado por los delitos de apropiación indebida, administración fraudulenta y estafa, en causa RIT 331-2022, RUC 2210011911-4, seguida ante el Juzgado de Garantía de Chiguayante, apeló contra la resolución dictada en audiencia celebrada el 22 de agosto pasado, en la parte que no hizo lugar a decretar el sobreseimiento definitivo solicitado por esa parte. Al fundar su recurso sostiene que en la referida audiencia la Jueza del A Quo rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo, señalando que la materia investigada no era fácil de determinar por tratarse de ilícitos de naturaleza económica, razón por la cual no podía tomarse una decisión a la ligera; además, la carpeta investigativa estaba siendo revisada por abogados de la Fiscalía expertos en la materia y quedaban diligencias pendientes. Según la recurrente, tales razonamientos no se ajustan a derecho y no son efectivos, afirmando que no se puede perpetuar para siempre la calidad de imputado de modo injustificado o caprichoso y que, aun cuando la investigación se encuentre desformalizada, todo ciudadano tiene derecho a solicitar el término definitivo del proceso seguido en su contra, ya sea porque los hechos investigados no constituyen delito, o porque no tiene participación alguna en ellos. Dice que se trata de una indagatoria que lleva más de un año de duración en la que se realizaron las diligencias necesarias y en donde el Ministerio Público no ha podido formalizar la investigación, incluso, en dos oportunidades, se ha desistido de hacerlo al no haber antecedentes fácticos y jurídicos que involucren a su representado en los hechos descritos en la querella. Luego, al razonar la A Quo en la forma como lo hizo en la resolución en alzada, deja la posibilidad de decretar el sobreseimiento al arbitrio del Ministerio Público, desconociendo que esa institución opera como garantía del imputado. Sostiene que cuando se señala

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones citadas y de conformidad con lo previsto en los artículos 253 y 370 b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia celebrada el 22 de agosto, en la parte que no hizo lugar a decretar el sobreseimiento definitivo de la causa RIT 331-2022, RUC 2210011911-4, seguida ante el Juzgado de Garantía de Chiguayante, contra el querellado Juan Ignacio Valenzuela Ramírez. Comuníquese y devuélvase. Redacción del ministro Waldemar Koch Salazar. N°Penal-1152-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, trece de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1°) La defensa de Juan Ignacio Valenzuela Ramírez, querellado por los delitos de apropiación indebida, administración fraudulenta y estafa, en causa RIT 331-2022, RUC 2210011911-4, seguida ante el Juzgado de Garantía de Chiguayante, apeló contra la resolución dictada en audiencia celebra

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