CAJAN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
13 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. 2°) Que del contexto del libelo y los documentos acompañados se desprende que la parte recurrente ha tomado conocimiento del acto que la motiva para deducir esta acción constitucional el día treinta de mayo de dos mil veintitrés, por lo que habiendo deducido el presente recurso con fecha cuatro de octubre de dos mil veintitrés, no puede ser acogido a tramitación por extemporáneo. Y de conformidad, además, con el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema Sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-15187-2023. (ccc)
Fallo
Fallo del Recurso de Protección, se declara inadmisible el interpuesto al folio 1. Archívese. N°Protección-15187-2023. (ccc)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago ccp Santiago, trece de octubre de dos mil veintitrés. Al folio N°3; por cumplido lo ordenado como trámite previo de resolver la admisibilidad de la acción constitucional promovida. Vistos y teniendo presente: 1°) Que el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derec
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