M. C/ P A S I
Rol
Fecha
13 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
REVOCADA
Hechos
San Miguel, trece de octubre de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 3089-2023 Penal Ruc: 2300329869-8 RIT: 2388-2023 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Relator: Enrique Cossio Vásquez Digitadora: Bárbara Subiabre Silva Fiscal: Yelica Lusic Nadal Defensa: Pedro Narvaez Candias Registro de audio: 2300329869-8-91 Imputado: P.A.S.I. Tipo de recurso: apelación cautelar Escritos resueltos en audiencia: Folios 3 y 4. San Miguel, trece de octubre de dos mil veintitrés. Oídos los intervinientes y teniendo presente: Primero: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentra justificado el presupuesto material de la letra a) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto del delito por el que fue formalizado el imputado adolecente. Respecto de la letra b), sin perjuicio de la versión del imputado, lo cierto es que en ella mantiene su presencia en el sitio de suceso, sin despejar lo atingente a haber estado en compañía y en presunto concierto con los demás coimputados, todos por el mismo delito de homicidio frustrado. Las razones anteriormente expresadas permiten, por ahora, sostener las presunciones fundadas de participación que exige el segundo de los literales referidos precedentemente. Segundo: En relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada, se estima que la libertad del imputado adolescente constituye un peligro para la seguridad de la sociedad,
Fundamentos
considerando la naturaleza y gravedad del ilícito, bien jurídico protegido, sanción asignada en la ley y eventual forma de cumplimiento, así como la circunstancia de haber actuado en grupo o pandilla, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador para alcanzar los objetivos señalados en el inciso primero del artículo 155 del referido cuerpo legal en relación con los artículos 32 y 33 de la Ley 20.084. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada dictada en la audiencia de ocho de septiembre del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que no decretó la internación provisoria del imputado adolescente de iniciales P.A.S.I., y
Fallo
se declara que este último queda sometido a la medida cautelar antes señalada. El señor juez a quo deberá disponer las medidas pertinentes para su cumplimiento. Devuélvase y comuníquese vía interconexión. N°3089-2023 Penal
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San Miguel, trece de octubre de dos mil veintitrés. Sala: Cuarta Sala Rol: 3089-2023 Penal Ruc: 2300329869-8 RIT: 2388-2023 JUZGADO DE GARANTÍA DE PUENTE ALTO Relator: Enrique Cossio Vásquez Digitadora: Bárbara Subiabre Silva Fiscal: Yelica Lusic Nadal Defensa: Pedro Narvaez Candias Registro de audio: 2300329869-8-91 Imputado: P.A.S.I. Tipo de recurso: apelación cautelar Escritos resueltos en aud
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