MP C/ PEDRO ENRIQUE MARILAF MALDONADO
Rol
Fecha
12 de octubre de 2023
Materia
OPONERSE A ACCION DE LA AUTORIDAD PUBLICA O SUS AGENTES. ART. 261 Nº 2.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente que se cumplen con los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, por cuanto, hasta ahora, no existen antecedentes que avalen la teoría alternativa de la defensa, y que no puede dejar de considerarse que se han incorporado antecedentes sociales respecto del imputado, que éste goza de irreprochable conducta anterior, que la prisión preventiva está destinada a garantizar los fines del procedimiento y no constituye una pena anticipada, por lo cual, SE CONFIRMA la resolución de fecha doce de octubre de dos mil veintitrés, del Juzgado de Garantía de Temuco, que sustituyó la prisión preventiva del imputado PEDRO ENRIQUE MARILAF MALDONADO, por la de arresto domiciliario total, por cuanto dicha medida garantiza los fines del procedimiento. Comuníquese por la vía más rápida y agréguese a la carpeta digital. Rol N° Penal-1479-2023 (pvb).
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, doce de octubre de dos mil veintitrés. A lo principal, primer y segundo otrosí del escrito folio 4 y al escrito folio 5: Téngase presente. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo presente que se cumplen con los requisitos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, por cuant
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