SIN INFORMACION

MOLINA OJEDA LUIS RICARDO/ GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

12 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que el 2 de octubre de 2023 Audomira Ojeda Gaete interpuso recurso de amparo en favor de su hijo Luis Ricardo Molina Ojeda y en contra de internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 2 que no individualiza. Indica que el amparado se encuentra cumpliendo condena en dicho penal y amenazado de muerte por otros reclusos. Pide su traslado al penal Colina 1. SEGUNDO: Que la abogada Fernanda Yáñez Marín evacuó informe por la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, solicitando el rechazo de la acción. Indica que el amparado ya fue trasladado al Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 1, el 6 de octubre del presente año, justamente por el riesgo a su seguridad, y a que mantiene una buena conducta en el bimestre julio-agosto, con la finalidad de que continúe con un proceso de reinserción. TERCERO: Que, el recurso de amparo constituye jurídicamente una acción cautelar, de índole constitucional, cuyo contenido específico es el requerimiento de tutela jurisdiccional frente a privaciones de libertad ambulatoria, con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, frente a amenazas ilegales al ejercicio de dicha libertad y frente a privaciones, perturbaciones o amenazas a la seguridad individual, sin limitaciones y sin que importe el origen de tales atentados. CUARTO: Que, en la especie, la conducta reprochada consiste en la falta de medidas suficientes tomadas por el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 2 para resguardar la seguridad del amparado, y la medida solicitada es su traslado al penal Colina 1. QUINTO: Que, la entidad recurrida ha informado que dicha medida ya se tomó, efectuándose el traslado el día 6 de este mes. SEXTO: Que, de lo consignado en el motivo precedente, aparece claro que la presente acción ha perdido oportunidad, pues no existe medida que actualmente pueda adoptar esta Corte en relación a la conducta reprochada, por lo que será desestimada, según se indicará en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo deducido en favor de Luis Ricardo Molina Ojeda. Regístrese comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2275-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de octubre de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: PRIMERO: Que el 2 de octubre de 2023 Audomira Ojeda Gaete interpuso recurso de amparo en favor de su hijo Luis Ricardo Molina Ojeda y en contra de internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina 2 que no individualiza. Indica que el amparado se encuentra cumpliendo condena en dicho penal y amenazado

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