JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE LOS VILOS

C/ KAROL ADRIAN CASTILLO CASTILLO

Rol

Fecha

12 de octubre de 2023

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: Que, atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en audiencia, teniendo particularmente presente que, atendidos los antecedentes penales previos del encartado y el no reconocimiento por el persecutor de la atenuante de cooperación eficaz –a lo menos en este estadio procesal- no se vislumbra la posibilidad de acceder una pena sustitutiva en el evento de condena, a lo cual se adiciona la existencia de otro delito que no ha sido cuestionado –manejo en estado de ebriedad y bajo la influencia de sustancias psicotrópicas-, todo lo cual permite sostener que no han variado sustancialmente las circunstancias que se tuvieron presentes al momento de decretar la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado de la presente causa, subsistiendo,

Fallo

por tanto, los requisitos establecidos en las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, por lo que por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 149 y 358 del ya citado Código, SE REVOCA la resolución de once de octubre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Los Vilos, en cuanto por ella se dejó sin efecto la medida cautelar de prisión preventiva impuesta al imputado Karol Adrián Castillo Castillo, y en su lugar se decide que se rechaza la solicitud de la defensa, manteniéndose la prisión preventiva del imputado por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se levanta acta de lo obrado, la que es suscrita por el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator señor Felipe Vilches Contreras. Rol N° 1605-2023 Penal.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, doce de octubre de dos mil veintitrés. Siendo las 10:08 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones, presidida por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz e integrada por la Ministra titular señora Gloria Negroni Vera y el abogado integrante señor Enrique Labarca Cortés, se lleva a efecto audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio

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