JEAN/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
12 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Emmanuel Bien-Aime, estudiante de derecho, en favor de Roselene Olius, cédula de identidad número 25.853.738-6, de David Zernovil, cédula de identidad número 26.215.951-5, de Benito Moline, cédula de identidad número 26.406.825-8, de Renaud Azor, cédula de identidad número 26.512.882-3, de Wadson Jean, cédula de identidad número 26.412.660-6, empleados, domiciliados para este efecto en calle Chuquicamata N°259, De los Ríos, Valdivia, recurre de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, quien aún no ha emitido pronunciamiento sobre sus permisos de permanencia definitiva, solicitados. Respecto de Roselene Olius, según comprobante N°27501239, de fecha 05 de abril de 2021; de David Zernovil, según comprobante N°22681360, de fecha 17 de abril de 2021; de Benito Moline, según comprobante N°25910915, de fecha 02 de agosto de 2021; de Renaud Azor, según comprobante N°3054802, de fecha 24 de febrero de 2020 y de Wadson Jean, según comprobante N°2986, de fecha 16 de mayo de 2021, estimando vulnerada su garantía del artículo 19 N°2 de la Constitución Política, esto es, igualdad ante la ley. Sostiene que tal omisión es arbitraria e ilegal, pues infringe la ley 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos y carece de justificación razonable. Indica que a la fecha los recurrentes no han recibido ninguna respuesta por parte del servicio recurrido, ni se ha liberado la orden de giro correspondiente al beneficio solicitado, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado, superando con creces el plazo de 6 meses establecido por el legislador en el artículo 27 de la Ley 19.880 para la duración del procedimiento administrativo en relación con el artículo 37 de la Ley 21.325, el cual conmina al servicio tramitar las solicitudes de residencia temporal o definitiva en el más breve plazo, ya sea en el sentido de conceder o denegar la permanencia definitiv
Fallo
Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas, el recurso de protección interpuesto en favor de Roselene Olius, de David Zernovil, de Benito Moline, de Renaud Azor y de Wadson Jean, todos de nacionalidad haitiana, solo en cuanto se dispone que el Servicio Nacional de Migraciones deberá emitir el pronunciamiento que corresponda respecto de su solicitud de permanencia definitiva, dentro de noventa días corridos. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N° Protección-1691-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, doce de octubre de dos mil veintitrés Vistos y teniendo presente: Primero: Emmanuel Bien-Aime, estudiante de derecho, en favor de Roselene Olius, cédula de identidad número 25.853.738-6, de David Zernovil, cédula de identidad número 26.215.951-5, de Benito Moline, cédula de identidad número 26.406.825-8, de Renaud Azor, cédula de identidad número 26.512.882-3, de Wadson
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