SIN INFORMACION

DORY ALEJANDRA AGUILERA GALLEGOS/ MACHARD AJUSTADORES, LIQUIDADORES OFICIALES DE SEGUROS LTDA

Rol

Fecha

11 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA SIN COSTAS

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Hechos

VISTO: En estos autos ingreso Corte Rol 14874-2023, compareció el abogado Yamir Rivera Malverde en favor de doña Dory Aguilera Gallegos, y deduce acción de protección en contra de Machard Ajustadores, Liquidadores Oficiales de Seguros Ltda., representada por don Carlos Alonso Zúñiga, estimando conculcada la garantía de igualdad ante la ley. Explica que el 21 de junio de 2023, doña Dory Aguilera Gallegos solicitó copia íntegra del expediente correspondiente al proceso de liquidación N°1850393, por el siniestro de daños por sismo que afectó a su propiedad ubicada en calle Nueve 4265, Hualpén. Afirma que dicha copia fue recepcionada el 11 de julio pasado, y que en ella consta que el liquidador determinó que no correspondía indemnizar todas las pérdidas materiales reclamadas por la asegurada, efectuando las siguientes observaciones: “1. Partida excluida de cobertura en virtud que los daños reclamados no son atribuidos única y exclusivamente al evento denunciado, esto es

Fundamentos

considerando el tipo de daños y las características del evento, las cuales no se condicen. 2. Partida excluida de cobertura en virtud que durante la inspección no se acreditaron daños a raíz del evento denunciado, que justifique realizar alguna intervención mayor a la considerada. 3. Partida excluida de cobertura en virtud que los daños están siendo considerados en empaste y lijado. 4. Se han ajustado los precios de acuerdo a valores actuales de mercado en la Región donde se emplaza el inmueble, considerando rendimiento, materiales y mano de obra. 5. Partida excluida de cobertura en virtud que los valores están siendo considerados en Gastos Generales. 6. Partida excluida de cobertura en virtud que los valores están siendo considerados en Aseo diario y entrega final, considerando el tipo de trabajo a realizar. Adicionalmente, no contamos con boleta y comprobante del gasto incurrido. 7. Se han ajustado los valores considerando un valor máximo de 25 % para gastos generales y utilidades. 8. Se han ajustado los valores considerando un valor correcto para el IVA que corresponde al 19%”. Refiere que el liquidador vulneró su obligación de realizar pericias para resolver el siniestro denunciado según lo exige el artículo 13 letra g) del DS N° 1055 y que esta omisión lesiona el derecho a la igualdad de trato respecto de todos aquellos asegurados sometidos al procedimiento de liquidación. Solicita que se acoja el recurso de protección, se disponga dejar sin efecto el informe de liquidación cuestionado y se retrotraiga el proceso de liquidación al estado de resolver fundadamente la denuncia efectuada por la asegurada, mediante la realización de las pericias indicadas en la letra g) del artículo 13 del DS N° 1055. A folio 10 informó el abogado Juan Urzúa Poblete, en representación de la recurrida, solicitando el rechazo de la acción cautelar deducida. Alega, en primer término, la extemporaneidad del recurso toda vez que el informe final de liquidación de seguros fue comunicado el día 15 de mayo de 2023, de manera que el plazo de 30 días del que disponía la recurrente venció el 14 de junio de 2023, con anterioridad a la interposición del recurso, que data del 18 de julio pasado. A continuación, platea la improcedencia de la acción cautelar examinada desde que se trata de una cuestión relacionada con la interpretación de cláusulas contractuales, lo que debe ser ventilado en un juicio de lato conocimiento. Respecto al fondo del asunto planteado, refiere que su representada dio cumplimiento al artículo 13 letra g) del DS N° 1055, y que previas coordinaciones pertinentes, el 10 de abril 2023, se realizó la correspondiente visita de inspección al inmueble asegurado, concurriendo de forma presencial la Inspectora de Siniestro de Machard Ajustadores doña Diana Durán, quien en compañía de un asesor del asegurado, señor Piero Marchetti, tomó conocimiento de los hechos y sus consecuencias, dando pleno cumplimiento a las obligaciones en esta etapa inicial del

Fallo

Por estas consideraciones y visto además, lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo de los recursos de protección y sus modificaciones, SE RECHAZA, por extemporáneo, el recurso de protección deducido en estos autos, sin costas. Regístrese y comuníquese. Redacción de la ministra Nancy Bluck Bahamondes. N°Protección-14874-2023.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Concepción xsr Concepción, a once de octubre de dos mil veintitrés. VISTO: En estos autos ingreso Corte Rol 14874-2023, compareció el abogado Yamir Rivera Malverde en favor de doña Dory Aguilera Gallegos, y deduce acción de protección en contra de Machard Ajustadores, Liquidadores Oficiales de Seguros Ltda., representada por don Carlos Alonso Zúñiga, estimando conculcada la garantía de igu

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