SIN INFORMACION

BREIT DOS LIMITADA/

Rol

Fecha

11 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, se ha presentado por el abogado Patricio Alejandro Elías Sarquis, en representación del denunciado Breit Dos Limitada, incidente de recusación fundado en la causa prevista por el artículo 196 N° 10 del Código Orgánico de Tribunales respecto del Juez del Juzgado de Policía Local de Puerto Varas, Fernando Yermany Lückeheide y de la Secretaria Abogada del mismo tribunal, Marcela Pardo Vera, en cuyo tribunal se tramita la causa Rol N° 8.582-2022, por infracción a la Ley General de Urbanismo y Construcciones. Segundo: Que la recusación cuya declaración se pretende aparece fundamentada en que el Juez a quo incurre en la causal de inhabilidad en tanto dictó el 1 de septiembre de 2022 una resolución en la que da curso a la denuncia interpuesta en su contra por parte del Director de Obras Municipales, y en dicho marco ordena el auxilio de la fuerza pública para ingresar al Loteo Las Tranqueras, predio que le pertenece. Respecto de la Secretaria del Tribunal, el incidente de recusación se fundamenta en haber firmado el oficio 871-22, de 22 de septiembre de 2022, dirigido a la Primera Comisaría de Puerto Varas, en la que se indica que incide en una “infracción a la Ley de Urbanismo y Construcciones”, denunciando además que no fue notificado de la emisión de dicho documento, el cual tampoco consta en la causa y sólo le fue exhibido a un guardia del loteo. Previene que en esta época aún no era parte del proceso, pues el representante de la empresa sólo fue citado para comparecer el 13 de diciembre de 2022 a una audiencia de contestación que se iba a realizar el día siguiente, cuya notificación, en todo caso, fue dejada sin efecto a propósito de un incidente que fue acogido por el tribunal a quo. Estima que la falta de imparcialidad del Juez y la Secretaria se manifiesta por haber dado curso a la denuncia, otorgando de plano una orden de ingreso al Loteo con facultades de descerrajamiento y allanamiento, oficio que además se diligenci

Fallo

Por estas consideraciones, y teniendo presente además lo establecido en los artículos 113 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, artículos 194 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales se declara: I.- Que se rechaza, con costas, la solicitud de recusación presentada por el abogado Patricio Alejandro Elías Sarquis, quien actúa en representación del denunciado Breit Dos Limitada, respecto del Juez de Policía Local de Puerto Varas, Fernando Yermany Luckeheide y respecto de la Secretaria Abogada del mismo tribunal, Marcela Pardo Vera. II.- Que se impone una multa al solicitante equivalente a la cantidad consignada para la interposición del presente incidente. Cúmplase con la transcripción que dispone el artículo 126 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil, poniendo en conocimiento de lo resuelto al Juez y Secretaria cuya recusación se pretendió. III.- Que se rechaza, el reclamo interpuesto, en subsidio, respecto del Juez de Policía Local de Puerto Varas, Fernando Yermany Luckeheide y respecto de la Secretaria Abogada del mismo tribunal, Marcela Pardo Vera. Redacción a cargo del Fiscal Judicial (S) Rodolfo Maldonado Mansilla. No firma el Fiscal Judicial (S) don Rodolfo Maldonado Mansilla, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo en la presente causa, por haber cesado en su cometido funcionario. Regístrese y Archívese en su oportunidad. Rol Policía Local 18-2023.-

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, once de octubre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, se ha presentado por el abogado Patricio Alejandro Elías Sarquis, en representación del denunciado Breit Dos Limitada, incidente de recusación fundado en la causa prevista por el artículo 196 N° 10 del Código Orgánico de Tribunales respecto del Juez del Juzgado de Policía Local de Puerto Varas, Fernando

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