CENTRO DE MEDIDAS CAUTELARES DE SANTIAGO

ANONIMIZADO

Rol

Fecha

11 de octubre de 2023

Materia

VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACION

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley N°19.968 de Tribunales de Familia, se confirma, la resolución de dieciocho de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Centro de Medidas Cautelares, en los autos RIT F-3922-2023, con declaración, de que se fija una régimen comunicacional entre doña Ximena y su hija doña Paola, el que deberá desarrollarse todos los días viernes entre las 17 y 18 horas, en el domicilio de la madre, con el objeto de cautelar los derechos tanto de la madre y de la hija

Fundamentos

considerando que vivieron juntas por...

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, once de octubre de dos mil veintitrés. A los folios 20 y 21: a todo, téngase presnte. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 67 y siguientes de la Ley N°19.968 de Tribunales de Familia, se confirma, la resolución de dieciocho de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Centro de Medidas Cautelares, en los autos RIT F-3922-2023,

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica