ARIAS/CONSTRUCTORA TRICAM LTDA
Rol
Fecha
11 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección de autos, es del tenor siguiente: “MARCELO ESTEBAN ARIAS ARAYA, chileno, conviviente civil, ingeniero en redes y telecomunicaciones, domiciliado en San Pablo 1353, departamento 1308, comuna de Santiago, a US ILTMA., con respeto digo: Que, por el presente acto y de conformidad a lo establecido en el artículo 20 de la Constitución de la Política de la Republica, interpongo recurso de Protección en contra de CONSTRUCUTORA TRICAM LTDA., sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario N° 78.715.990-7, representada legalmente por don Robinson Salinas Galdames, chileno, casado, empleado, ambos domiciliados en Bombero Nuñez N°181, comuna de Recoleta, Santiago, solicitando a esta Ilustrísima Corte adopte de inmediato las providencias necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección de las garantías constitucionales establecidas en el artículo 19 Número 1 y 24 de nuestra Constitución Política, cuyo legítimo derecho ha sido conculcado a raíz de los actos atentatorios de la empresa CONSTRUCUTORA TRICAM LTDA. quien extrae áridos del terreno del recurrente sin autorización de todos los comuneros dueños de la propiedad. LOS HECHOS. 1.- El recurrente MARCELO ESTEBAN ARIAS ARAYA, es dueño de derechos del proyecto de parcelación Las Camelias, ubicado en la provincia de Linares, comuna de Retiro, que tiene una superficie aproximada de 22,7 hectáreas y los siguientes deslindes especiales, Norte; parte parcela número sesenta y parte río Longaví; Oriente, parte río Longaví, parcela número cincuenta y ocho y bien común número cuatro; Sur; parte parcela número cincuenta y ocho, bien común número cuatro, parte parcela número cincuenta y cuatro y parte parcela cincuenta y cinco, ambas por camino de por medio: Poniente; parte parcela número cincuenta y cuatro, parte parcela número cincuenta y cinco ambas con camino de por medio y parcela número sesenta. El título de dominio a su nombre corre inscrito a Fojas 6073, Número 2416, del año 2018 del registro de propiedad del conservador de Parral y Retiro. Predio ubicado en sector Las camelias s/n, Retiro. 2.- El recurrido desde el 2 de julio y a la fecha ha comenzado a extraer áridos del río que está en mi propiedad, sin mediar autorización previa, menos permiso municipal para extraer dicho material, consultado a los choferes de los camiones y maquinarias presente en el lugar, desconocen totalmente el tema contractual, señalando que solo son enviados por su jefe. 3.- Que consultado a un supuesto supervisor de la empresa, este señala que la empresa habría sido autorizada por un comunero, a lo cual se le señala que son varios los dueños y que si no firman todos, no pueden extraer, por lo cual se les solicita que se vayan del lugar, a lo cual hacen caso omiso. 4.- Desde el 2 de julio a la fecha la empresa ha retirado todos los días áridos del río de forma gratuita sin pagar a los comuneros por la extracción de dichos materiales, t
Fallo
POR TANTO, en mérito de lo expuesto y lo señalado en el artículo 20 de la Constitución Política, normas citadas, y las demás pertinentes, RUEGO A US ILTMA., tener por interpuesto recurso de protección en contra de CONSTRUCUTORA TRICAM LTDA, ya individualizado ordenarle que informe, a V.S.I., en el plazo perentorio que US. I. fije y, en definitiva, ordenar que se acoge este recurso y se resuelva y declare que el recurrido deberá dejar de extraer áridos arbitrariamente, dentro de tercero día, desde que quede ejecutoriado el fallo del recurso, bajo el apercibimiento de que, si así no lo hiciera, la diligencia se verificará por el recurrente a costa del recurrido, con auxilio de la fuerza pública, con costas.” Acompañó: 1.-. Copia escritura pública y vigencia de la propiedad del recurrente. 2.- set de 4 fotografías de la extracción. Segundo: Que el informe evacuado en autos, es el tenor siguiente: “EDUARDO SALEM LAHSEN MATUS DE LA PARRA, abogado, cédula nacional de identidad N° 12.232.198-3, domiciliado para estos efectos en Avenida Los Militares, N° 5885, oficina 405, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en representación, según se acreditará, de CONSTRUCTORA TRICAM LTDA., a S.S. Iltma., respetuosamente digo: En respuesta al requerimiento formulado por S.S. Iltma. para informar y remitir todos los antecedentes vinculados al recurso de protección Rol N° 1525-2023 caratulado “ARIAS / CONSTRUCTORA TRICAM LIMITADA”, cumplo con manifestar a esta Iltma. Co
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Talca, once de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección de autos, es del tenor siguiente: “MARCELO ESTEBAN ARIAS ARAYA, chileno, conviviente civil, ingeniero en redes y telecomunicaciones, domiciliado en San Pablo 1353, departamento 1308, comuna de Santiago, a US ILTMA., con respeto digo: Que, por el presente acto y de conformidad a lo establecido
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