NORAMBUENA PADILLA FRANCISCO JAVIER/TRIBUNAL ORAL EN LO PENAL DE COLINA
Rol
Fecha
11 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: Primero: Que, comparece doña Claudia Martínez Valle, defensora penal pública, en favor de don Francisco Javier Norambuena Padilla, deduciendo recurso de amparo en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, el que rechazó el recurso de reposición interpuesto por la defensa con el fin de que se fijara una fecha más próxima para la audiencia de juicio oral, y mantuvo la ordenada realizar el día nueve de febrero del año dos mil veinticuatro, lo que vulnera la garantía constitucional de la libertad personal y seguridad individual al extender el régimen privativo de libertad cautelar al que se encuentra sometido. Explica que con fecha 30 de octubre del año 2020, el amparado fue formalizado por el delito de homicidio calificado y se decretó la medida cautelar de prisión preventiva. Sostiene que la audiencia de juicio oral respectiva se realizó entre los meses de junio y julio del año en curso, cuya audiencia de lectura de sentencia se llevó a cabo el día 11 de julio pasado y se condenó al amparado a la pena de 15 años, más accesorias legales, por el delito de homicidio calificado con alevosía. Refiere que la defensa dedujo recurso de nulidad, el que fue acogido por la Excma. Corte Suprema, anulando el juicio oral y la sentencia, disponiendo la realización de un nuevo juicio por tribunal no inhabilitado. En razón de ello, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina fijó audiencia para el día 9 de febrero del año 2024, resolución contra la que dedujo recurso de reposición, el que fuera rechazado en razón de la carga de trabajo del tribunal y por no existir fecha próxima de agendamiento, teniendo presente la duración de la audiencia de juicio oral. Argumenta que el amparado se ha mantenido en prisión preventiva por el plazo de 2 años y 10 meses, el que se verá excedido ante la realización del nuevo juicio, afectando su libertad personal y el derecho a ser juzgado en un plazo razonable, en contravención a lo dispuesto en la Constitución Política de la República y los tratados internacionales ratificados por Chile. Concluye solicitando: 1) que se declare la ilegalidad y arbitrariedad de la resolución dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina que resolvió rechazar la reposición deducida, dejando fijada la audiencia de juicio oral para el día 9 de febrero de 2024, 2) se declaren infringidos los derechos constitucionales a la libertad personal y la seguridad individual, consagrados en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República, y 3) que se adopte todo tipo de medidas dirigidas a restablecer el imperio del derecho y asegurar la tutela de todos los derechos fundamentales conculcados, dejando sin efecto la resolución de fecha 20 de septiembre de 2023, disponiendo la libertad inmediata del amparado o la realización del juicio oral dentro del plazo previsto en el artículo 281 del Código Procesal Penal. Segundo: Que, evacuaron informe por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, se rechaza el recurso interpuesto por doña Claudia Martínez Valle, en favor de don Francisco Javier Norambuena Padilla, en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2232-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, once de octubre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 11: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: Primero: Que, comparece doña Claudia Martínez Valle, defensora penal pública, en favor de don Francisco Javier Norambuena Padilla, deduciendo recurso de amparo en contra del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Colina, el que rechazó el recurso de reposición i
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