JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO

M.P C/ JAVIER ANTONIO LOPEZ CERDA (QTE.: TELEFONICA DE CHILE S.A)

Rol

Fecha

11 de octubre de 2023

Materia

HOMICIDIO. ART.391 Nº 2.

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

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Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: 1°) El artículo 122 del Código Procesal Penal dispone que las medidas cautelares personales sólo serán impuestas cuando fueren absolutamente indispensables para asegurar la realización de los fines del procedimiento o cuando se estime que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad o de la víctima, conforme lo dispone el artículo 140 del mismo cuerpo legal. 2°) Del mérito de los antecedentes expuestos aparece que para tales fines resulta conveniente en este estadio procesal y

Fundamentos

considerando la necesidad de cautela particular del caso, que las medidas adoptadas se vean reforzadas. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de dos de octubre de dos mil veintitrés, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, con declaración que se le impone, además de las decretadas por el tribunal a quo, esto es, firma quincenal, arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima, la medida cautelar de arresto domiciliario parcial nocturno, desde las veintidós horas, hasta las seis de la mañana del día siguiente, debiendo el juez de la instancia disponer los necesario para cumplir lo resuelto por esta Corte. Acordada con el voto en contra de la ministra señora Alondra Castro Jiménez, quien estuvo por revocar la referida resolución y decretar la prisión preventiva del imputado por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza del delito y gravedad de la pena. Devuélvase. Rol N° 3055-2023-Penal

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San Miguel, once de octubre de dos mil veintitrés. Sala: Primera Rol Corte: 3055-2023-Penal Ruc: 2200954403-1 Rit: 8976-2022 JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Enrique Cossio Vásquez Ministerio Público: Hernán Fernández Aracena Defensor Público: Eduardo Camus Cruz Imputado: JAVIER ANTONIO LOPEZ CERDA Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar Escritos proveídos en audiencia: fo

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