MUNICIPALIDAD DE LA REINA/FISCO DE CHILE -(ACUM IC.N° 11796-2021 )
Rol
Fecha
11 de octubre de 2023
Materia
ACTO ADMINISTRATIVO, NULIDAD DE
Resultado
REVOCADA, CONFIRMADA Y REVOCAD
Hechos
Vistos: I.- En cuanto a la apelación del ingreso N°10120-2021. Que de las alegaciones de la parte demandada se desprende que ésta tuvo motivo plausible para litigar, por lo que se le eximirá del pago de las costas de la causa en virtud de lo establecido en el artículo 144 del Código de Procedimiento Civil, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código antes mencionado, se resuelve: a) Se revoca la resolución apelada de veintinueve de octubre de dos mil veintiuno, por el 9° Juzgado Civil de Santiago, en la parte que condenó en costas a la demandada y en su lugar se declara que se le exime de dicha carga. b) Se confirma, en lo demás apelado, la referida resolución II.- En cuanto al recurso interpuesto en el ingreso N°11796-2021. 1º Que los efectos del Informe de Investigación Especial de la Contraloría General de la República, N°203 de 28 de diciembre de 2020, cuya suspensión se ordenó precautoriamente consisten en la substanciación de un procedimiento invalidatorio y en el retiro de estructuras publicitarias emplazadas al amparo de los resultados del proceso licitatorio ID 2699-27-LQ18 de la Ilustre Municipalidad de La Reina; consecuencias que en sí mismas no resultan imposibles de revertir en caso de rechazarse la nulidad de derecho público impetrada por ésta, lo que redunda en la falta de concurrencia de los requisitos previstos en el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil. 2º A mayor abundamiento, se considera que la suspensión ordenada impide la observancia a la juridicidad que se tutela mediante el ejercicio de las competencias fiscalizadoras del referido ente contralor. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada dictada el treinta de noviembre de dos mil veintiuno, por el 9° Juzgado Civil de Santiago y en su lugar se declara que se deja sin efecto la medida precautoria decretada al amparo del artículo 3° inciso final de la Ley
Fallo
se resuelve: a) Se revoca la resolución apelada de veintinueve de octubre de dos mil veintiuno, por el 9° Juzgado Civil de Santiago, en la parte que condenó en costas a la demandada y en su lugar se declara que se le exime de dicha carga. b) Se confirma, en lo demás apelado, la referida resolución II.- En cuanto al recurso interpuesto en el ingreso N°11796-2021. 1º Que los efectos del Informe de Investigación Especial de la Contraloría General de la República, N°203 de 28 de diciembre de 2020, cuya suspensión se ordenó precautoriamente consisten en la substanciación de un procedimiento invalidatorio y en el retiro de estructuras publicitarias emplazadas al amparo de los resultados del proceso licitatorio ID 2699-27-LQ18 de la Ilustre Municipalidad de La Reina; consecuencias que en sí mismas no resultan imposibles de revertir en caso de rechazarse la nulidad de derecho público impetrada por ésta, lo que redunda en la falta de concurrencia de los requisitos previstos en el artículo 298 del Código de Procedimiento Civil. 2º A mayor abundamiento, se considera que la suspensión ordenada impide la observancia a la juridicidad que se tutela mediante el ejercicio de las competencias fiscalizadoras del referido ente contralor. Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada dictada el treinta de noviembre de dos mil veintiuno, por el 9° Juzgado Civil de Santiago y en su lugar se declara que se de
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Alegaron, previo anuncio y relación pública, los abogados doña Lorena Lorca y don Simón Yévenes por y contra los recursos. Santiago, 11 de octubre de 2023. Cristián Alcántara Mödinger, relator. Santiago, once de octubre de dos mil veintitrés. Al escrito folio N°16 y 17: Téngase presente y a sus antecedentes. Vistos: I.- En cuanto a la apelación del ingreso N°10120-2021. Que de las alegaciones d
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