MP C/ JOSE IGNACIO LAGOS CORDERO
Rol
Fecha
11 de octubre de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Visto: 1°.- Que, se ha alzado en apelación la defensa privada del imputado Jorge Andrés Vásquez Salinas, contra la resolución de fecha cuatro de octubre pasado, por la que se decretó su prisión preventiva, habiendo sido formalizado como autor del delito de tráfico ilícito de droga. 2°.- Que, la defensa sustenta su apelación en que, en atención a la sustancia que le fue encontrada y a las circunstancias que rodearon su detención, se estaría más a una figura del artículo 4 de la Ley 20.000 y no a la del artículo 3°. Añade que los documentos que acompaña, dan cuenta de un consumo problemático de sustancias, por lo que fue derivado e ingresado al Programa Ambulatorio Intensivo PAI. 3°.- Que, la alegación formulada por la defensa, en cuanto a encontrarse ante una figura de consumo y no de tráfico, corresponde a una cuestión que deberá ser resuelta en la oportunidad procesal que corresponda. 4°.- Que, en cuanto a la necesidad de cautela, esta Corte comparte el razonamiento de la Juez a-quo, en cuanto estima que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, siendo procedente en este caso, la medida cautelar de prisión preventiva, toda vez que Vásquez Salinas registra condenas previas para cuyo cumplimiento se le otorgó penas sustitutivas, a la vez que mantiene una medida cautelar vigente por delito de la misma especie. Por lo expuesto precedentemente y lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha cuatro de octubre del año en curso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Jorge Andrés Vásquez Salinas. Téngase por notificados a los intervinientes de la presente resolución, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. En su oportunidad, devuélvase. R.I.C.: 551 – 2023 Penal.
Fallo
Por lo expuesto precedentemente y lo dispuesto en los artículos 358 y 360 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de fecha cuatro de octubre del año en curso, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Jorge Andrés Vásquez Salinas. Téngase por notificados a los intervinientes de la presente resolución, sin perjuicio de su notificación por el estado diario. En su oportunidad, devuélvase. R.I.C.: 551 – 2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
C.A. Chillán.- CPR/Alf.- Chillán, once de octubre de dos mil veintitrés. Visto: 1°.- Que, se ha alzado en apelación la defensa privada del imputado Jorge Andrés Vásquez Salinas, contra la resolución de fecha cuatro de octubre pasado, por la que se decretó su prisión preventiva, habiendo sido formalizado como autor del delito de tráfico ilícito de droga. 2°.- Que, la defensa sustenta su apelación
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