SIN INFORMACION

ROMO/DANILLA

Rol

Fecha

11 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA (DEL ACUERDO)

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Alejandra Carolina Romo Martínez, quien interpone recurso de protección en contra de la Comisión Médica de la Policía de Investigaciones de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el rechazo de recurso de reposición y jerárquico interpuesto en contra del Informe Técnico N° 482, de 29 de septiembre de 2022, lo cual constituiría una infracción a sus garantías consagradas en el artículo 19 N°1 y 2 de la Constitución Política de la república. Señala que el día 6 de diciembre de 2019, en circunstancias que se encontraba en cometido funcionario, sufrió un accidente automovilístico, sufriendo varias lesiones. Indica que producto de lo anterior, fue trasladada al Hospital Carlos Van Buren y a la Mutual de Seguridad de Viña del Mar, donde fue sometida a diversos procedimientos y exámenes médicos, lo cual derivó en una licencia médica por accidente de trabajo por 5 días. Seguidamente refiere que fue diagnosticada con “vértigo crónico” por lo cual tuvo que iniciar una terapia de rehabilitación en la Clínica Hospital del Profesor, el cual no fue exitoso. Refiere que al efecto, en el contexto del sumario administrativo instruido para investigar el accidente, la Comisión Médica de la Policía de Investigaciones, el 23 de septiembre de 2021, emitió un informe respecto de la recurrente, en el cual se señaló que esta se presentó con una “contusión craneana”, la cual, de acuerdo a la normativa respectiva de la institución, no fue considerada de importancia, puesto que no se encuentra clasificada dentro de las que otorgan beneficios previsionales, no obstante que recomendó nuevos exámenes ante un especialista médico. Afirma que respecto de lo anterior, no se tuvo en cuenta un informe de Terapia Ocupacional de la Mutual de Seguridad de 31 de agosto de 2021, el cual da cuenta de su incapacidad para realizar funciones motoras normales debido al accidente, junto con otros antecedentes médicos que fueron acompañados al efec

Fundamentos

motivos anteriores y por no configurarse en la especie el supuesto básico que justifica brindar protección constitucional, cual es la existencia de un acto o una omisión que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal, el recurso de protección deducido debe ser necesariamente declarado sin lugar.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección constitucional deducido por doña Alejandra Carolina Romo Martínez, en contra de la Comisión Médica de la Policía de Investigaciones de Chile. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción Ministro Suplente doña Soledad Orellana Pino. Nº Protección 991-2023 Pronunciada por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la ministra señora Paola Danai Hasbun Mancilla e integrada, además, la ministro (S) señora Soledad Orellana Pino y el abogado integrante señor Oscar Torres Zagal. No firma la ministra (S) señora Orellana, por haber cesado sus funciones en esta Corte.

Texto Completo (Preview)

Santiago, once de octubre de dos mil veintitrés.- VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Alejandra Carolina Romo Martínez, quien interpone recurso de protección en contra de la Comisión Médica de la Policía de Investigaciones de Chile, por el acto arbitrario e ilegal consistente en el rechazo de recurso de reposición y jerárquico interpuesto en contra del Informe Técnico N° 482, de 29

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