2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

COLLAO/CONSTRUCTORA B V LTDA - (ACUM.I.C. N°534-2023)

Rol

Fecha

13 de octubre de 2023

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En los autos Rit O-4312-2022 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “COLLAO/CONSTRUCTORA B V LTDA- (ACUM.I.C. N°534-2023)”, en procedimiento de aplicación general sobre despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales y previsionales; en régimen de subcontratación, por sentencia de treinta de enero de dos mil veintitrés, acogió la demanda intentada en contra de CONSTRUCTORA B V LIMITADA, declarándose nulo e injustificado el despido de que fue objeto con fecha 14 de abril de 2022, condenándose a la demandada al pago de las prestaciones que dicha sentencia indica –en lo pertinente– las cotizaciones previsionales y de salud de los meses de febrero, marzo y 14 días de abril de 2022, adeudadas en AFP Capital y Fonasa y el aporte al seguro de cesantía de los meses de enero al 14 de abril de 2022, adeudado en AFC Chile. Finalmente declaró que las demandadas Ministerio de obras públicas, y Ministerio de justicia y derechos humanos, responderán subsidiariamente de las prestaciones a que ha sido condenada la demandada principal. Contra ese fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en dos causales, las que interpone de manera subsidiaria: (i) causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con el artículo 183-B del mismo estatuto; (ii) vicio de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 162 y 183-B del mismo estatuto, en relación a los artículos 22, 23 del Código Civil. Solicita que “se anule la sentencia recaída en esta causa y se dicte una de reemplazo que, efectuando una correcta aplicación de las normas infringidas, rechace la demanda en aquella parte que condena a esta demandada al pago de las

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la parte demandada como causal principal invoca la del artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con el artículo 183-B del Código del Trabajo. Sostiene que la infracción de ley se produce al condenar a su parte al pago de las remuneraciones y cotizaciones señaladas en la sentencia del tribunal a quo, que ha condenado al Fisco de Chile, demandada en calidad de empresa principal o mandante, al pago antes señalado que se devenguen o se hayan devengado desde la fecha del despido hasta la convalidación del mismo, es decir desde el 14 de abril de 2022 hasta 21 de noviembre de 2022 y el

Fallo

fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en dos causales, las que interpone de manera subsidiaria: (i) causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con el artículo 183-B del mismo estatuto; (ii) vicio de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, en relación con los artículos 162 y 183-B del mismo estatuto, en relación a los artículos 22, 23 del Código Civil. Solicita que “se anule la sentencia recaída en esta causa y se dicte una de reemplazo que, efectuando una correcta aplicación de las normas infringidas, rechace la demanda en aquella parte que condena a esta demandada al pago de las remuneraciones y cotizaciones que se devenguen desde el despido y hasta la efectiva convalidación del mismo, por infraccionar el artículo 183-B Código Trabajo.” En subsidio, pide que se “invalide la sentencia y acto seguido dicte la correspondiente sentencia de reemplazo, que rechace la demanda en la parte que condena al Fisco al pago de las todas las remuneraciones y demás prestaciones que se hubieren devengado entre el 14 de abril y el 21 de noviembre de 2022, por cuanto extiende improcedentemente los efectos de la nulidad del despido al Fisco de Chile.” Declarado admisible el recurso se procedió a su

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C.A. de Santiago Santiago, trece de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS: En los autos Rit O-4312-2022 del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “COLLAO/CONSTRUCTORA B V LTDA- (ACUM.I.C. N°534-2023)”, en procedimiento de aplicación general sobre despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones laborales y previsionales; en régimen de subcontratación, po

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