GONZÁLEZ/FONTECHA
Rol
Fecha
10 de octubre de 2023
Materia
REIVINDICACIÓN
Resultado
DE FALLO/SE REVOCA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que la medida precautoria solicitada persigue asegurar el resultado del juicio reivindicatorio mediante la prohibición de celebrar actos y contratos respecto del bien objeto de la litis, no siendo necesario atender a las facultades del demandado para dicho propósito, conforme el tenor del artículo 296 del Código de Procedimiento Civil, y
Fundamentos
considerando que existen antecedentes que constituyen a lo menos presunción grave del derecho que se invoca, atendido el estado actual del proceso y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 290 y 298 del mismo Código, SE REVOCA, la resolución apelada de fecha veintinueve de junio de dos mil veintitrés en cuanto por ella se denegó la medida precautoria solicitada y, en su lugar, se accede a tal petición y consecuencialmente se decreta la medida cautelar contenida en el artículo 290 n° 4, en relación al artículo 296, ambos del Código de Procedimiento Civil, respecto de la parte del bien raíz inscrito a nombre del demandado a fojas 275 vuelta n° 173 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Coyhaique del año 2016. Regístrese y devuélvase. Rol 148-2023 (Civil).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, a diez de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, teniendo presente que la medida precautoria solicitada persigue asegurar el resultado del juicio reivindicatorio mediante la prohibición de celebrar actos y contratos respecto del bien objeto de la litis, no siendo necesario atender a las facultades del demandado para dicho propósito, conforme el t
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