2º JUZGADO CIVIL DE TEMUCO

ANTILAF/ANTILAF

Rol

Fecha

16 de octubre de 2023

Materia

LEY INDÍGENA (ART.56 DE LA LEY 19.253

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 56 N°4 de la Ley 19.253, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Soraya Herrera Bascur, en contra de la resolución de fecha dieciséis de junio del dos mil veintitrés, escrita a folio 38 en el cuaderno principal, por improcedente. Devuélvase. N°Civil-1662-2023.(pjr)

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Soraya Herrera Bascur, en contra de la resolución de fecha dieciséis de junio del dos mil veintitrés, escrita a folio 38 en el cuaderno principal, por improcedente. Devuélvase. N°Civil-1662-2023.(pjr)

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil y el artículo 56 N°4 de la Ley 19.253, se declara inadmisible el recurso de apelación subsidiario deducido por la abogada doña Soraya Herrera Bascur, en contra de la resolución de fecha dieciséis de junio del

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