CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO/OCTAVO JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO
Rol
Fecha
10 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: 1° Que, comparece doña Ruth Israel López, Abogada Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado, Corporación de Derecho Público, por el Estado de Chile, en causa RIT O-9502-2019, RUC 1900252527-8, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 07 de septiembre del año 2023, dictada por el 8° Juzgado de Garantía de Santiago, en cuanto denegó la concesión para ante esta I. Corte de Apelaciones de un recurso de apelación procedente deducido por esa interviniente, en contra de la resolución dictada en audiencia el día 01 de septiembre de 2023, que negó la reapertura de la investigación. Funda el recurso exponiendo los hechos materia de la investigación, que “fueron calificados por este interviniente como -el primer delito de Negociación Incompatible por interés propio, previsto y sancionado en el artículo 240 inciso 1° del Código Penal, vigente a la fecha de los hechos, previo a la Ley 21.121 de 20 de noviembre de 2018, que sanciona al “empleado público que directa o indirectamente se interesare en cualquiera clase de contrato u operación en que debe intervenir por razón de su cargo”, respecto del hecho N° 1; el segundo hecho, como delito de Negociación Incompatible por interés de un socio, previsto y sancionado en el artículo 240 inciso final del Código Penal, vigente a la fecha de los hechos, previo a la Ley 21.121 de 20 de noviembre de 2018, que sanciona “al empleado público que en el negocio u operación en que deba intervenir por razón de su cargo diere interés a terceros asociados con él […] o a sociedades, asociaciones o empresas en las que dichos terceros o esas personas […] ejerzan su administración en cualquiera forma”. Refiere que, con fecha echa 14 de julio de 2023 se cerró por tercera vez la investigación, comunicando el órgano persecutor la decisión de no perseverar en el procedimiento. Asegura que, oportunamente, “solicitó la reapertura de la investigación y reiteró la práctica de diligencias solicitadas en
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por doña Ruth Israel López.”. 3° Que, a su vez, el artículo 370 del Código Procesal Penal dispone: “Las resoluciones dictadas por el juez de garantía serán apelables en los siguientes casos: a) Cuando pusieren término al procedimiento, hicieren imposible su prosecución o la suspendieren por más de treinta días, y b) Cuando la ley lo señalare expresamente.”. 4° Que, para resolver, se tendrá presente que, como bien sostiene la recurrente de hecho, en el procedimiento en que incide este recurso no se ha formalizado la investigación, mientras que el Ministerio Público ha comunicado su cierre y decisión de no perseverar. Luego, habiendo el tribunal denegado a la querellante la reapertura de la investigación, como fuera requerida, resulta inconcuso que dicho interviniente se ha visto impedido de solicitar el forzamiento de la acusación; y, a falta de otra actividad procesal que pueda desplegar en la causa, cabe concluir que la resolución que pretende apelar – 01 de septiembre de 2023 – ha hecho imposible su prosecución, enmarcándose, por consiguiente, en la hipótesis del artículo 370 letra a) del Código Procesal Penal. 5° Que, en este escenario, cabe declarar admisible el recurso de apelación denegado por resolución de 07 de septiembre de 2023, como se dirá en lo resolutivo. Por estas consideraciones, lo previsto en los artículos 248, 257, 258, 369 y 370 del Código Procesal Penal, se resuelve: Que, se acoge el recurso de
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C.A. de Santiago Santiago, diez de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: 1° Que, comparece doña Ruth Israel López, Abogada Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado, Corporación de Derecho Público, por el Estado de Chile, en causa RIT O-9502-2019, RUC 1900252527-8, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 07 de septiembre del año 2023, dictada po
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