SIN INFORMACION

RECURRENTE:JENIFER CAROLINA CONSTENTA PINTO RECURRIDO:COMPIN

Rol

Fecha

10 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Con fecha 13 de julio de 2023, comparece doña Jenifer Carolina Constenla Pinto, domiciliada en calle Pumahue 01286, Pinares 3, comuna de Rancagua, quien interpone recurso de protección en contra del COMPIN Región O’Higgins, en razón del rechazo de cuatro licencias médicas que detalla, acto que califica de arbitrario e ilegal. Expone que al momento de la interposición del recurso se encuentra con trastorno mixto de ansiedad y depresión, sin encontrar el medicamento adecuado para tratarse. Refiere que es ejecutiva de AFP, y que trabaja con público, pero, no se siente apta para desempeñarse como tal. Precisa que las cuatro licencias médicas rechazadas, son las que siguen: la folio 14789438-4, del 24 de mayo al 7 de junio de 2023; la folio 87326126-9, desde el 8 de junio al 22 de junio de 2023; la folio 88043888, del 23 de junio al 7 de julio de 2023; y finalmente, la folio 88636124, desde el 8 al 28 de julio de 2023. Por su parte, a folio 7, con fecha 26 de julio de 2023, evacua informe la recurrida COMPIN Región O’Higgins, quien solicita el rechazo de la acción. Sostiene que revisados sus registros, se encuentran todas las licencias médicas de la recurrente autorizadas, acompañando al efecto el Listado Maestro de Licencias Médicas Fonasa 2023. Por su lado, a folio 4, el día 19 de julio de 2023, informa la Superintendencia de Seguridad Social, refiriendo que no cuenta con la información requerida, en razón de que revisados el archivo de expedientes y demás bases de datos de esa institución de control, se pudo constatar que no se han emitido pronunciamientos que determinen el rechazo o autorización de las licencias médicas reclamadas, como tampoco existen trámites vigentes que se encuentren pendientes de resolución por parte de este Organismo, en uso de sus facultades legales. Con fecha 22 de septiembre último, se otorga traslado a la parte recurrente con el objeto que se pronuncie respecto de lo afirmado por la recurrida en su informe, en cuanto a que la

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de protección establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de naturaleza cautelar, destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías constitucionales que esa misma disposición enumera, mediante la adopción de medidas de resguardo que se deben tomar ante un acto u omisión arbitrario o ilegal que impida, dificulte o amague ese ejercicio. SEGUNDO: Que en el presente caso, a través de la presente acción la recurrente denuncia el rechazo de cuatro licencias médicas, que reprocha como ilegal y arbitrario. TERCERO: Que la institución recurrida solicitó el rechazo del recurso en base, a que las licencias médicas cuyo rechazo se reprocha, han sido autorizadas. CUARTO: Que, en mérito de expuesto por la recurrida y los documentos que acompaña, se ha podido establecer que las cuatro licencias médicas que fueron rechazadas en su oportunidad, luego fueron autorizadas por la recurrida, al acoger la reposición deducida a su respecto, razón por la cual la presente acción de protección ha perdido oportunidad, al haber sido satisfecha la pretensión que procuraba la actora por esta vía, debiendo desestimarse el recurso, como se dirá a continuación.

Fallo

Por estas consideraciones, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema, sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso deducido por Jenifer Carolina Constenla Pinto y en contra del COMPIN Región O’Higgins. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol Corte 2813-2023 Protección. Se deja constancia que esta sentencia reúne los presupuestos para ser anonimizada, de acuerdo a lo dispuesto en el Acta 44-2020 de la Excma. Corte Suprema. PRONUNCIADO POR LA PRIMERA SALA DE ESTA ILTMA. CORTE DE APELACIONES, SUBROGANDO LEGALMENTE A LA TERCERA SALA.

Texto Completo (Preview)

Rancagua, diez de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Con fecha 13 de julio de 2023, comparece doña Jenifer Carolina Constenla Pinto, domiciliada en calle Pumahue 01286, Pinares 3, comuna de Rancagua, quien interpone recurso de protección en contra del COMPIN Región O’Higgins, en razón del rechazo de cuatro licencias médicas que detalla, acto que califica de arbitrario e ilegal. Expone que al

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