MOLINA/PRADENAS
Rol
Fecha
10 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1) Que, comparece JUAN MOLINA AGUILAR, Sub Comisario de Policía de Investigaciones de Chile, de dotación de la Brigada de Homicidios de Talca, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, interpuso ante esta Corte de Apelaciones recurso de protección en contra de POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE (PDI), representada a estos efectos por el JEFE DE LA PREFECTURA PROVINCIAL DE TALCA, BORIS PRADENAS ALARCÓN, por haber incurrido en acto ilegal y arbitrario consistente la Resolución Exenta N° 178-2023/62-2023, suscrita por éste último, de fecha 5 de abril de 2023 (notificada el 6 de dicho mes), en que se dictó una nueva resolución exenta sancionándolo de la manera que detalla en su arbitrio, sin tener facultades para seguir conociendo, sino que sólo remitir los antecedentes al Jefe de la VII Región del Maule. Considera que tal acto vulnera el derecho a la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad, y el derecho a la integridad física y psíquica reconocidos por los numerales 2, 24 y 1 del artículo 19 de la Constitución Política de la República, respectivamente.
Fallo
Por estas consideraciones solicita se acoja el presente recurso de protección, restableciendo el imperio del derecho, declarando 1.- que se deja sin efecto la Resolución Exenta N° 178-2023/62-2023, por ser ilegal y arbitraria; 2.- que se ordena elevar de inmediato el recurso de apelación presentado dentro del plazo al Jefe de la VII Región del Maule, Prefecto Germán Parra Murgas o quien le subrogue, a fin que dicha jefatura conociendo del mismo revoque la Resolución Exenta N° 178-2023/85-2023, y en su lugar absuelva de toda responsabilidad al recurrente o, en subsidio, aplique a éste la sanción más baja, esto es amonestación simple, ponderando las atenuantes que concurren; 3.- que se instruya a la recurrida no actuar en lo sucesivo del modo impugnado, o lo que la Corte estime pertinente para el restablecimiento del imperio del derecho; 4.- que se condene en costas de manera ejemplar a la recurrida. 2) Que en su recurso de protección, junto con dar cuenta de sus antecedentes como funcionario de la Policía de Investigaciones de Chile, el recurrente subraya que en sus 19 años en la institución siempre ha tenido un desempeño destacado con gran vocación de servicio público, por lo que su profesionalismo y otras características positivas han sido reconocidas con su permanente ubicación en lista 1. Con todo, en cuanto al proceso disciplinario llevado en su contra, explica que con fecha 8 de marzo de este año el Sub Prefecto Marcelo Pérez Morales instruyó investigación sumaria en s
Texto Completo (Preview)
Talca, diez de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: 1) Que, comparece JUAN MOLINA AGUILAR, Sub Comisario de Policía de Investigaciones de Chile, de dotación de la Brigada de Homicidios de Talca, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, interpuso ante esta Corte de Apelaciones recurso de protección en contra de POLICIA DE IN
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica