MP C/ YOLANDA DEL CARMEN VILLALOBOS REYES
Rol
Fecha
10 de octubre de 2023
Materia
EJERCICIO ILEGAL DE LA PROFESIÓN.ART. 213.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de los antecedentes y lo expuesto en la audiencia, aparece que en esta etapa procesal se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fue formalizada la imputada. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del artículo ya mencionado, su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la pluralidad y naturaleza de los ilícitos, gravedad y características de los mismos, bienes jurídicos protegidos y pena probable a imponer, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de treinta de septiembre del año dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva de la imputada Yolanda del Carmen Villalobos Reyes. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Roberto Contreras quien estuvo por revocar la resolución y sustituir la prisión preventiva a la imputada e imponer medidas cautelares de menor intensidad, por estimarlas suficientes para asegurar los fines del procedimiento, atendida su edad, situación de salud e irreprochable conducta. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. Nº 3046-2023 Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, diez de octubre de dos mil veintitrés. Sala: Primera Rol Corte: 3046-2023-Penal Ruc: 2301056131-0 Rit: 8338-2023 JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Cristián Calderón Bórquez Ministerio Público: Rodrigo Peña Sepúlveda Defensor: Carolina Robledo Peña Imputado: YOLANDA DEL CARMEN VILLALOBOS REYES Escritos proveídos en audiencia: folios 3, 4 y 5 San Miguel, diez de octubre
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