SIN INFORMACION

MAILY BIEN-AIME / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

7 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: Que comparece Tomás Guillermo Mathenson Mujica, abogado, en favor de Maily Bien – Aime, menor de edad, de nacionalidad haitiana, quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, expresando que a la amparada le fue concedida una residencia temporal por resolución de seis de febrero del año en curso, que el respectivo estampado electrónico tiene un error en cuanto a su apellido, cuestión que le ha impedido acreditar su residencia regular y obtener la cédula de identidad nacional para extranjeros, lo que afecta su libertad personal, por lo que solicita que se ordene a la recurrida otorgar un nuevo estampado electrónico. Que la autoridad recurrida señala que no se ha dispuesto la expulsión de la amparada, tampoco que aquella haga abandono del territorio nacional y que su estadía en el país no se encuentra en riesgo, porque dispone de una residencia temporal, de manera que el recurso de amparo es improcedente, porque no es un medio idóneo para resolver cuestiones de naturaleza administrativa. Que se trajeron estos autos en relación.

Fundamentos

Considerando: Primero: Que la materia sometida a conocimiento de esta Corte escapa a la naturaleza cautelar del recurso de amparo, puesto que no se pretende proteger la libertad personal o seguridad individual de la amparada, sino la rectificación de un error de transcripción de un acto administrativo, cuya corrección ni siquiera consta que se haya requerido ante la autoridad administrativa competente. Segundo: Que, en efecto, no se ha dispuesto la expulsión de la amparada ni tampoco se le ha ordenado hacer abandono del territorio nacional, toda vez que goza de residencia regular en el país, de manera que la rectificación que se pretende debe requerirse por la vía administrativa que en derecho corresponda.

Fallo

Por estas consideraciones y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado sobre la materia de la Excelentísima Corte Suprema, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo presentado por Tomás Guillermo Mathenson Mujica, en favor de Maily Bien – Aime, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-1740-2023.

Texto Completo (Preview)

Llg C.A. de Valparaíso. Valparaíso, siete de octubre de dos mil veintitrés. Visto: Que comparece Tomás Guillermo Mathenson Mujica, abogado, en favor de Maily Bien – Aime, menor de edad, de nacionalidad haitiana, quien interpone recurso de amparo en contra del Servicio Nacional de Migraciones, expresando que a la amparada le fue concedida una residencia temporal por resolución de seis de febrero de

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