MINISTERIO NPUBLICO ARICA C/ JANET APATA CONDORI
Rol
Fecha
6 de octubre de 2023
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en estrado de los cuales se desprende que, concurren todos y cada uno requisitos que señala el artículo 140 del Código Procesal Penal, los dos primeros si bien no han sido debatidos en la audiencia como tampoco en su momento en el Juzgado de Garantía, según lo informado por los intervinientes, aquellos se desprenden del hallazgo de la droga en poder la imputada dentro de la dinámica policial que ha sido develada en esta misma oportunidad. En cuanto a la letra c), se estima que la libertad de la imputada resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, habida consideración a la gravedad de la pena asignada al hecho punible imputado y asimismo, al exisitir peligro de fuga, habida consideración de la nacionalidad y la aptitud para abandonar el país que le confiere este carácter, al encontrarnos en una zona limítrofe del país, SE CONFIRMA la resolución apelada dictada en audiencia de veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés, pronunciada en la causa RIT 6501-2023, RUC N° 2301054666-4, del Juzgado de Garantía de esta ciudad, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de la imputada Janet Apata Condori. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 722-2023 Penal. La presente acta sólo constituye un registro administrativo, en el que se resume lo acontecido y resuelto en la vista de la causa. Los argumentos vertidos por las partes y la fundamentación de la resolución dictada, se encuentran íntegramente en el registro de audio de la presente audiencia.
Texto Completo (Preview)
Corte de Apelaciones de Arica En Arica, a seis de octubre de dos mil veintitrés. Sala: Primera Sala Rol: 722-2023 Penal Ruc: 2301054666-4 RIT: 6501-2023 Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica Integrantes: Ministros señor Pablo Zavala Fernández, señor José Delgado Ahumada y señor Reynaldo Oliva Lagos Relator (a): Julio Jáuregui Medina Digitador (a): Gerard Barreda Díaz Fiscal/Abogado ase
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica