JUZGADO DE GARANTIA DE COPIAPO

MP C/ CAMILA DEL CARMEN VALLEJO MORENO

Rol

Fecha

6 de octubre de 2023

Materia

MICROTRAFICO (TRAFICO DE PEQUEÑAS CANTIDADES ART. 4 LEY Nº 20.000).

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes, no habiendo variado sustancialmente los antecedentes tenidos en consideración anteriormente para decretar la prisión preventiva de la imputada Camila Del Carmen Vallejo Moreno y con lo dispuesto en los artículos 122, 144, 358 y 370 letra b) del Código Procesal penal, SE REVOCA la resolución apelada, dictada en audiencia de hoy seis de octubre de dos mil veintitrés, por el Juez del Juzgado de Garantía de Copiapó, don Víctor Manuel Santana Escobar, y en su lugar se declara que no se hace lugar a la petición de la defensa de modificar la situación cautelar de la citada imputada. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Araya, quien fue de parecer de confirmar la resolución apelada, por estimar que para los efectos de discernir acerca de la necesidad de cautela y la privación de libertad deben tenerse presente las circunstancias personales y familiares de la imputada, quien es madre de dos hijos, ello a la luz de los instrumentos internacionales sobre la materia, a saber, las Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes, contenidas tanto en las Reglas de Bangkok como en las de Tokio, que instan a preferir medidas previas al juicio no privativas de la libertad, respecto de una mujer, de ser posible y apropiado, resultando a su respecto suficientes para resguardar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad, en la especie, otras cautelares personales. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-568-2023

Fallo

se declara que no se hace lugar a la petición de la defensa de modificar la situación cautelar de la citada imputada. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Araya, quien fue de parecer de confirmar la resolución apelada, por estimar que para los efectos de discernir acerca de la necesidad de cautela y la privación de libertad deben tenerse presente las circunstancias personales y familiares de la imputada, quien es madre de dos hijos, ello a la luz de los instrumentos internacionales sobre la materia, a saber, las Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes, contenidas tanto en las Reglas de Bangkok como en las de Tokio, que instan a preferir medidas previas al juicio no privativas de la libertad, respecto de una mujer, de ser posible y apropiado, resultando a su respecto suficientes para resguardar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad, en la especie, otras cautelares personales. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-568-2023

Texto Completo (Preview)

Fecha: seis de octubre de dos mil veintitrés Sala: Primera Rol Corte: Penal-568-2023 Ruc N°: 2300732383-2 Rit N°: O-4070-2023 Juzgado: Garantía de Copiapó. C.A. de Copiapó Ministros: ministra señora Aida Osses Herrera, ministra señora Marcela Araya Novoa y la Fiscala Judicial subrogante señora María José Hernández Soto Relatora: Anita Maluenda Hernández Fiscal: Juan Fernández Espejo Defensor: Marc

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