TRANSPORTES PAINE LIMITADA/XIMENA BERTIE TROTTER
Rol
Fecha
6 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Lo expuesto por la parte en la audiencia y los antecedentes obtenidos del sistema computacional de causas. Y teniendo, además, presente: Que en el Derecho penal y en el Procedimiento Penal, la situación que el imputado esté ausente o fuera del país tiene varios efectos conforme a la Ley y regulación pertinente; entre ellos, se encuentra que la ausencia dificulta la persecución de un delito penal en Chile porque puede resultar dificultoso el llevar un proceso penal en contra del imputado ausente. Además, no se trata sólo de un problema de jurisdicción sino que también es un problema que lleva a estudiar los distintos Tratados Internacionales suscritos por Chile y por el país en que la imputada se encuentra; asimismo, en el caso de saber el país al que ha huido la imputada, se podría solicitar que se emita una orden de detención internacional o la extradición, si corresponden. En tales circunstancias, no resulta idónea y razonable la solicitud de decretar una medida cautelar personal en contra de la imputada Bertie Trotter, sin perjuicio de otros derechos. Por los
Fundamentos
fundamentos señalados y lo dispuesto en los artículos 139 y 155 del Código Procesal Penal en relación con lo dispuesto en el Código Orgánico de Tribunales respecto a los límites de la jurisdicción, se confirma la resolución apelada de veintiséis de septiembre del año en curso, dictada por el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, en causa Rit 2453-2019, que rechazó la solicitud de la parte querellante, sin perjuicio de otros derechos. Comuníquese. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.
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CORTE DE APELACIONES SANTIAGO Santiago, seis de octubre de dos mil veintitrés. Sala: Novena Rol Corte: Penal-5122-2023 Ruc: 1910012650-0 Rit : O-2453-2019 Juzgado: 4º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: los Ministros señor Jorge Luis Zepeda Arancibia, señora Marisol Andrea Rojas Moya y el Abogado Integrante señor Euclides Ortega Duclercq Relatora (S): Carla Tranchino P. Digitador (a): Xi
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