1º JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PEUMO

MP C/ LUIS ALBERTO DONOSO ARENAS

Rol

Fecha

6 de octubre de 2023

Materia

TENENCIA ILEGAL DE ARMA DE FUEGO, MUNICIONES Y OTROS. ART. 9 LEY Nº17.798.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido el mérito los antecedentes que obran en la causa y teniendo en especial consideración que el Ministerio Público señaló en estrados que la escopeta encontrada en poder del imputado está inscrita a su nombre y que el imputado goza de irreprochable conducta anterior, es posible colegir que éste, en el caso de ser condenado, podría ser beneficiado con alguna pena sustitutiva, lo que torna en desproporcionada la medida cautelar de prisión preventiva, por existir otras que permitan mantenerlo vinculado al procedimiento de menor intensidad, tal como se dirá en lo resolutivo. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 140, 155 y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Peumo, en causa RIT 1010-2023, que decretó la prisión preventiva del imputado Luis Alberto Donoso Arenas y, en su lugar se resuelve que se deja sin efecto la misma, la que se sustituye por las medias cautelares de arresto domiciliario nocturno parcial desde las 22:00 a las 06:00 horas de cada día, en el domicilio registrado en el tribunal, prohibición de acercarse a las víctimas, firma mensual y arraigo nacional, previstos, respectivamente, en las letras a), g), c) y d) del artículo 155 del citado Código. Dese orden de libertad inmediata, si no estuviere privado de ella por otra causa o motivo. Comuníquese por la vía más rápida y devuélvase. Rol I. Corte 1709-2023 -Penal-.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 140, 155 y 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de veintinueve de septiembre de dos mil veintitrés, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Peumo, en causa RIT 1010-2023, que decretó la prisión preventiva del imputado Luis Alberto Donoso Arenas y, en su lugar se resuelve que se deja sin efecto la misma, la que se sustituye por las medias cautelares de arresto domiciliario nocturno parcial desde las 22:00 a las 06:00 horas de cada día, en el domicilio registrado en el tribunal, prohibición de acercarse a las víctimas, firma mensual y arraigo nacional, previstos, respectivamente, en las letras a), g), c) y d) del artículo 155 del citado Código. Dese orden de libertad inmediata, si no estuviere privado de ella por otra causa o motivo. Comuníquese por la vía más rápida y devuélvase. Rol I. Corte 1709-2023 -Penal-.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, seis de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito los antecedentes que obran en la causa y teniendo en especial consideración que el Ministerio Público señaló en estrados que la escopeta encontrada en poder del imputado está inscrita a su nombre y que el imputado goza de irreprochable conducta anterior, es posible colegir que éste, en el caso de ser cond

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