SIN INFORMACION

DÍAZ/CAJA DE COMPENSACIÓN DE ASIGNACIÓN FAMILIAR LA ARAUCANA

Rol

Fecha

6 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Stephanie Banda Subiabre, abogada, en favor de Patricio Daniel Díaz Gallardo, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en el descuento por planilla desde su remuneración de cuotas de un crédito social susceptible de ser declarado prescrito, con vulneración de la garantía prevista en el artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República. Refiere que en el año 2008 el recurrente contrajo un crédito social con la recurrida cuyos pagos se efectuarían conforme a lo establecido en el artículo 22 de la ley 18.833. Añade que su empleador, a pesar de que estuvo obligado a efectuar los descuentos, solo los declaró, pero no los pagó a la recurrida. Posteriormente, el recurrente fue desvinculado de su trabajo, constituyéndose en mora. Sostiene que si bien la Caja le indicó que ejercerían acciones judiciales, nunca fue notificado de demanda alguna, transcurriendo más de catorce años desde que se dejó de pagar el crédito y cinco años desde el vencimiento de la última cuota. No obstante, el 30 de septiembre de 2022, al recibir copia de su liquidación de remuneraciones, el recurrente constató que la recurrida había descontado la suma de $236.995 por el crédito social referido. Califica el acto descrito como ilegal y arbitrario, pues han transcurrido más de catorce años desde el otorgamiento del crédito, tratándose de una deuda claramente prescrita. Estima que el descuento resulta irracional, abusivo y caprichoso, pues la recurrida ha forzado unilateralmente un mecanismo que la ley prevé para un cobro oportuno, y conculca el derecho de propiedad del recurrente respecto de sus remuneraciones. Solicita que se acoja el recurso, ordenando a la recurrida abstenerse de obtener el pago del crédito social vía descuentos de sus remuneraciones, y el reembolso de los montos indebidamente descontados den

Fundamentos

considerando el extenso lapso (más cinco años) que transcurrió entre el año 2008 y el mes de septiembre de 2022, sin que el actor hubiere tenido noticia de que se hubieren llevado a cabo por la acreedora acciones tendientes a cobrar el crédito; vulnerándose con ello la garantía del artículo 19 N° 24 de la Constitución Política de la República; todo ello sin perjuicio, naturalmente, de su derecho para perseguir la obligación por los medios procesales ordinarios. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. N°Protección-119801-2022.

Fallo

por tanto las facultades de cobro establecidas en la Ley N°18.833. Por lo tanto, el descuento efectuado por la Caja de Compensación en las remuneraciones del actor se encuentra dentro de las atribuciones establecidas en el artículo 22 del cuerpo normativo indicado precedentemente, por mantener deuda vigente con la Caja de Compensación La Araucana, por lo que el acto que se denuncia por esta vía no adolece de ilegalidad ni arbitrariedad. DÉCIMO: Que, sin perjuicio de lo anterior, la recurrida ha informado que ha dispuesto la exclusión del recurrente de la nómina de descuentos, de lo que se desprende que la presente acción constitucional ha perdido oportunidad, al no existir medida alguna que esta Corte pueda adoptar en sede cautelar y de urgencia. En mérito de lo razonado, disposiciones legales citadas y de conformidad, además, a lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE RECHAZA, sin costas, el recurso deducido en favor de Patricio Daniel Díaz Gallardo, en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana. Acordada con el voto en contra del Ministro suplente señor De la Noi, quien estuvo por acoger el recurso de protección, teniendo para ello en consideración que el acto que la recurrente reprocha como arbitrario e ilegal consiste en el descuento efectuado en su remuneración del mes de septiembre de 2022 –según consta en la liquidación de sueldo que ac

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, seis de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, comparece Stephanie Banda Subiabre, abogada, en favor de Patricio Daniel Díaz Gallardo, interponiendo recurso de protección en contra de la Caja de Compensación de Asignación Familiar La Araucana, por el acto que estima como arbitrario e ilegal consistente en el descuento por planilla desde

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