MP C/ AYLIN VALESKA CASTRO VALDES
Rol
Fecha
6 de octubre de 2023
Materia
AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: 1° Que en la presente causa, Rol N° 1353-2023, el Ministerio Público se ha alzado en contra de la resolución de 4 de octubre de 2023, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Talcahuano sustituyó la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Gregory Alejandro Ramírez Montoya, por las contempladas en el artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal. 2° Que el imputado en esta causa se encuentra formalizado por los delitos de amenazas del artículo 417 Código de Justicia Militar en relación al artículo 296 Nº3 del Código Penal y lesiones graves del artículo 416 bis del Código de Justicia Militar. El Ministerio Público señala que los nuevos antecedentes hechos valer por la defensa, son insuficientes para desvirtuar los
Fundamentos
fundamentos tenidos a la vista al momento de decretar la prisión preventiva. 3° Que, compartiendo los razonamientos de la juez de la causa, de los antecedentes de la misma y de los argumentos aportados por los intervinientes en estrados, se encuentra establecido que el imputado no registra antecedentes penales pretéritos y es a lo menos discutible la gravedad de las lesiones causadas a la víctima, con lo que no cabe sino concluir que, en este caso, resulta proporcional aplicar un medida cautelar de menor intensidad que la prisión preventiva, correspondiendo por ello confirmar la resolución apelada.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 139 y 370 letra b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada de cuatro de octubre del año en curso, dictada en audiencia por el Juzgado de Garantía de Talcahuano, que sustituyó la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Gregory Alejandro Ramírez Montoya, por las contempladas en el artículo 155 letras a) y d) del Código Procesal Penal, esto es, privación total de libertad del imputado en su domicilio y arraigo nacional. Comuníquese lo resuelto al tribunal a quo, por la vía más expedita. Los intervinientes quedan notificados de la presente resolución en forma personal, por estar presentes en la audiencia por videoconferencia, sin perjuicio de ello se dispone su notificación por el estado diario. N°Penal-1353-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción CQF/shp Concepción, seis de octubre de dos mil veintitrés. VISTO: 1° Que en la presente causa, Rol N° 1353-2023, el Ministerio Público se ha alzado en contra de la resolución de 4 de octubre de 2023, en virtud de la cual el Juzgado de Garantía de Talcahuano sustituyó la medida cautelar personal de prisión preventiva al imputado Gregory Alejandro Ramírez Montoya, por las contempl
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