A.F.P. PROVIDA S.A. CON SOC. COMERCIAL E INDUSTRIAL GUTIERREZ LIMITADA
Rol
Fecha
6 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y conforme lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 4° bis de la Ley N° 17.322, SE CONFIRMA la resolución de fecha veinticuatro de junio del año dos mil veintidós de la tramitación de primera instancia. Devuélvase. Rol N° Laboral - Cobranza-284-2022.(jog)
Texto Completo (Preview)
C.A. de Temuco Temuco, seis de octubre de dos mil veintitrés. Al escrito folio N° 19: Teniendo presente el mérito de los antecedentes y habiendo agotado su derecho con fecha diez de septiembre del año dos mil veintidós, no ha lugar a la recusación solicitada. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y conforme lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 4° bis de la Ley N° 17.322, SE CONFIRMA
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