MP C/ ROBERTO ANDRES SOTO GOMEZ
Rol
Fecha
6 de octubre de 2023
Materia
ROBO CON INTIMIDACION . ART. 433, 436 INC. 1º 438.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, sin perjuicio de lo señalado por el Juez de primera instancia y en atención al estado procesal de la causa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de fecha cinco de octubre del presente año, dictada por el Juzgado de Garantía de Santa Cruz, en causa RIT 1237-2023, sólo en cuanto no decretó medida cautelar alguna en contra de Roberto Andrés Jiménez Pérez y en su lugar se resuelve, decretar las medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal letras c) d) y g) consistentes en la firma quincenal ante la unidad policial más cercana a su domicilio, arraigo nacional y la prohibición de acercarse a la víctima, con el objeto de mantener al imputado vinculado al procedimiento y resguardar la seguridad de ésta última. Dese inmediata orden de libertad a Roberto Andrés Jiménez Pérez, si no estuviere privado por otra causa o motivo. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1710-2023 Penal-.
Fallo
se resuelve, decretar las medidas cautelares previstas en el artículo 155 del Código Procesal Penal letras c) d) y g) consistentes en la firma quincenal ante la unidad policial más cercana a su domicilio, arraigo nacional y la prohibición de acercarse a la víctima, con el objeto de mantener al imputado vinculado al procedimiento y resguardar la seguridad de ésta última. Dese inmediata orden de libertad a Roberto Andrés Jiménez Pérez, si no estuviere privado por otra causa o motivo. Comuníquese y devuélvase. Rol Corte 1710-2023 Penal-.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, seis de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, sin perjuicio de lo señalado por el Juez de primera instancia y en atención al estado procesal de la causa, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada de fecha cinco de octubre del presente año, d
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica