GENEL MILCET / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
6 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto: A folio 1, comparece debidamente representado comparece MILCET GENEL, de nacionalidad haitiana, recurre de amparo contra el SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la dictación de la Resolución Exenta N° 55054365, de fecha 26 de agosto de 2023, por la cual se rechaza su solicitud de residencia definitiva y se dispone orden de abandono del país, acto ilegal y arbitrario que vulnera el derecho a la libertad personal del amparado, consagrado en el artículo 19 N°7 del texto constitucional, que le impide residir y permanecer en nuestro país. Indica que mediante dicha resolución se le informó que mantiene un rechazo de un permiso de residencia mediante el cual se dispuso su abandono del territorio nacional, acto administrativo que a la fecha se encuentra vigente, razón por la cual deberá dar cumplimiento a la medida. Agregando que la solicitud de residencia definitiva que realizó no puede ser admitida a trámite conforme a lo dispuesto en la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, y su Reglamento. Respecto de la resolución que dispuso su abandono del territorio nacional y en la cual se señala el motivo fundante de esta decisión es menester señalar que la parte amparada no tiene copia de dicho documento ya que en ningún momento llegó a tener conocimiento de ella y al realizar las búsquedas necesarias no ha sido posible encontrarla, para subsanar, en caso que corresponda, aquello que indique el servicio. Al disponer su abandono la autoridad administrativa, actúa de manera ilegal y arbitraria, además de desproporcionada, el amparado hizo ingreso de manera regular al país, ha cumplido con todos los trámites legales exigidos para obtener su residencia permanente Pide en definitiva, se deje sin efecto la resolución que concede la orden de abandono y se continúe con su procedimiento de regularización migratorio. Acompaña documentos, dentro de los cuales se encuentra el certificado de antecedentes penales. A folio 15, POLICIA DE INVESTIGACIONES DE CHILE, indica que en su
Fundamentos
motivos laborales y con fecha 02 de octubre de 2019, se le informa que se requiere acompañar más antecedentes al procedimiento administrativo, en específico, el certificado de vigencia del contrato actualizado por el empleador anterior, legalizado ante notario o, según el caso, enviar un nuevo contrato de trabajo con los requisitos establecidos por la antigua Ley de extranjería. Se le otorga un plazo de 60 días para presentar la documentación requerida. El amparado no acompañó la documentación solicitada y con fecha 13 de mayo de 2021, por Resolución Exenta N°575, el Departamento de Extranjería y Migración de la Gobernación Provincial de Chiloé, comunicó el rechazo de la solicitud de visa debido a que no acompañó los antecedentes solicitados y no realizó gestión alguna para regularizar su situación en Chile, además se dispuso la sanción migratoria de abandono del país dentro de los 15 días siguientes a su notificación. El recurrente con fecha 01 de diciembre de 2022, solicitó el beneficio migratorio de la permanencia definitiva, el que mediante comunicación electrónica a folio N° 40980655, de fecha 20 de junio de 2023, del Servicio Nacional de Migraciones, enviada al correo: gmilcet78@gmail.com, se informó del rechazó la solicitud de residencia definitiva debido a que no cumple con los requisitos que lo habilitan para residir en el país ya que registra un rechazo de residencia temporal con abandono del país, el cual se encuentra vigente. Finalmente, indica que no existe decreto de abandono vigente respecto del amparado. A folio 19, se trajeron los autos en relación. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que el recurso de amparo es un proceso de tutela urgente del derecho fundamental a la libertad personal y seguridad individual, establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, que es procedente en aquellos casos en que una persona fuere arrestada, detenida o presa con infracción a la Constitución o a las leyes o sufra cualquier otra privación, perturbación o amenaza al derecho fundamental antes aludido, fuera de los casos en que el ordenamiento jurídico lo permite Segundo: Que por la presente acción se solicita que se deje sin efecto la Resolución Exenta N°575 de fecha 13 de mayo de 2021, del Departamento de Extranjería y Migración de la Gobernación Provincial de Chiloé, que rechazó la solicitud de regularización migratoria del amparado, disponiendo su abandono del país dentro del plazo de 15 días, fundado en que no cumplió con los requisitos legales, al no presentar antecedentes solicitados. Tercero: Que, la parte recurrente arguye que no fue debidamente notificada por el Servicio Nacional de Migraciones de las resoluciones que la emplazan a acompañar los documentos faltantes, sin embargo, no aporta ningún antecedentes para acreditar un arraigo social, laboral y familiar; de lo que se colige que la resolución exenta N° 575 de fecha 13 de mayo de 2021, al haberse pronunciado por autoridad competente y den
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza la acción constitucional de amparo deducida a favor de Milcet Genel, en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, notifíquese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°. Amparo-1681-2023 En Valparaíso, seis de octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
dgm C.A. de Valparaíso Valparaíso, seis de octubre de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1, comparece debidamente representado comparece MILCET GENEL, de nacionalidad haitiana, recurre de amparo contra el SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES, por la dictación de la Resolución Exenta N° 55054365, de fecha 26 de agosto de 2023, por la cual se rechaza su solicitud de residencia definitiva y se dispone o
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