SIN INFORMACION

GIVOVICH/SUPERINTENDENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL (SUSESO)

Rol

Fecha

5 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: Primero: Que comparece don Isaac Joseph Givovich Contador, e interpone acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) por cuanto en virtud de un acto arbitrario e ilegal consistente en una resolución que confirma el rechazo por la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Metropolitana (COMPIN RM) de tres licencias médicas siquiátricas, N° 13715359-9, 14008412-3 y 14302723-6, emitidas por 90 días continuos a partir del 9 de febrero de 2023, lo que considera contrario a sus derechos consagrados en los numerales 1, 9 y 24 de la Constitución Política de la República. Indica que tiene un diagnóstico de depresión severa y trastorno crónico secundario a estrés postraumático, debido a abusos sexuales reiterados sufridos en su infancia a manos de integrantes de entidades religiosas católicas, los que se han agudizado por la victimización secundaria originada por haber sido llamado a declarar en procedimientos judiciales relacionados con estos hechos desde el año 2018, por un quiebre familiar desde el año 2020 y por un accidente grave sufrido por su hermano el 2022, por lo que tiene un tratamiento farmacológico de gabapentina, doxazosina, sertralina, trazodona, levomepromazina y quetiapina, y ha estado hospitalizado dos ocasiones. Señala que mediante Resolución Exenta N° R-01-UME-106784-2023 de fecha 15 de agosto de 2023, la SUSESO confirmó el rechazo de sus licencias por la COMPIN RM, estimando que su reposo no estaba justificado y que sus dolencias son de carácter crónico, por lo que debe solicitar su declaración de invalidez. Sostiene que este acto es arbitrario e ilegal porque no se le practicaron peritajes por la COMPIN ni por la SUSESO, contraviniendo los informes médicos acompañados por él, los cuales indicarían que su condición sí tiene recuperabilidad, pero en un plazo que aún no se puede definir. Pide que se ordene el pago por quien corresponda de las licencias médicas N° 13715359-9, 14008412-3 y 14302723-6. Segundo: Que don Rodrigo Mora Delgado, presidente de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez Región Metropolitana, evacuó informe. Precisa que, analizada la base del Sistema Maestro Licencias Médicas Fonasa, se desprende que la licencia médica N° 137515359-9 se rechaza, toda vez que no se dispone de antecedentes médicos que justifiquen la prolongación de este reposo. Señala que, respecto al recurso de reposición de la licencia médica N° 137515359-9, se rechaza, dado que la recurrente adjunta informe médico insatisfactorio, sin escala de funcionalidad, sin fecha probable de alta y sin acreditar sicoterapia ni manejo por médico siquiatra. Agrega que, en cuanto a las licencias N° 14008412-3 y 14302723-6, se rechaza, ya que se presenta sin nuevos antecedentes médicos que justifiquen la prolongación del reposo. Añade que, respecto al recurso de reposición asociada a ambas, el recurrente adjunta informe de médico general particular, no siquiatra, según registro sis,

Fallo

en virtud de lo razonado, la decisión del órgano recurrido deviene en arbitraria, pues carece de fundamento y además, infringe la garantía constitucional contenida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República, toda vez que representa una discriminación respecto del resto de la población que en iguales condiciones de salud puede acceder al subsidio por reposo laboral, por tal motivo y en uso de las facultades que otorga el Auto Acordado sobre la presente materia, que permite tomar todas las medidas para resguardar la protección de las garantías constitucionales, el presente recurso es acogido en los términos que se indicarán en lo resolutivo del fallo.” Décimo séptimo: Que, en las circunstancias apuntadas, habiendo quedado de manifiesto la concurrencia de un acto arbitrario que afecta los derechos constitucionales de la parte recurrente, la protección que se solicita mediante la presente acción cautelar ha de ser otorgada, del modo que a continuación se dispone. Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y lo dispuesto por el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se acoge, sin costas la acción constitucional interpuesta por don Isaac Joseph Givovich Contador en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, sólo en cuanto se deja sin efecto la Resolución Exenta N° R-01-UME-106784-2023 de fecha quince de agosto de dos mil veintitrés, debiendo la recurrida dispo

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de octubre de dos mil veintitrés. Vistos y considerando: Primero: Que comparece don Isaac Joseph Givovich Contador, e interpone acción constitucional de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) por cuanto en virtud de un acto arbitrario e ilegal consistente en una resolución que confirma el rechazo por la Comisión de Medicina Preven

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