GUZMÁN/URBANO (LTE) A LA VISTA I.C. N° 12835-2023
Rol
Fecha
5 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que el 26 de agosto de 2023 el abogado Claudio Salinas Irarrázaval, en representación de la demandante Javiera Anaís Guzmán Leni en causa Rol C-4477-2022 del Juzgado de Letras de Colina, interpuso recurso de hecho en contra de la resolución de 2 de agosto de 2023, la cual concedió apelación deducida por la demandada en ambos efectos, respecto de la sentencia definitiva dictada en autos -apelada bajo el Ingreso Corte Civil 12835-2023-, debiendo haber concedido la apelación en el solo efecto devolutivo. Refiere que el 24 de julio de 2023 la demandada interpuso recurso de apelación en contra de la sentencia definitiva que acogió demanda de precario ordenando restitución de inmueble. Luego, el 2 de agosto de 2023, se da curso a la apelación por el tribunal a quo -en ambos efectos- ingresando el 21 de agosto del presente el recurso ante esta Corte. Agrega que si bien el artículo 691 del Código de Procedimiento Civil establece que la sentencia definitiva y la resolución que dé lugar al procedimiento sumario en el caso del inciso segundo del artículo 681 será apelable en ambos efectos, esto es salvo que, concedida la apelación, hayan de eludirse sus resultados, y es justamente la pretensión de la demandante la restitución del inmueble, circunstancia que entiende se encontraría dentro de la excepción mencionada. Además, que se generarán perjuicios para la recurrente de hecho por la forma en que se concedió el recurso de apelación. Pide, modificar la resolución impugnada, ordenando que la apelación deducida sea concedida en el solo efecto devolutivo. Luego el 21 de septiembre de 2023 la recurrente de hecho acompaña a la causa una serie de documentos que acreditarían el perjuicio que aparejaría el retardo de cumplimiento de la sentencia; 2°.- Que el 1 de septiembre de 2023, el abogado Alejandro Donoso Andrade, en representación de la demandada y recurrida, hace presente que el recurrente de hecho esgrime argumentos de fondo para sustentar s
Fallo
Por estas consideraciones y en virtud de lo dispuesto en los artículos 196, 194 N°1 y 691 inciso 1°del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el presente recurso de hecho interpuesto en representación de la demandante, Javiera Anaís Guzmán Leni, respecto de la resolución de fecha dos de agosto de dos mil veintitrés. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Civil-13262-2023.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de octubre de dos mil veintitrés. Al escrito folio 8, a todo: no ha lugar por improcedente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que el 26 de agosto de 2023 el abogado Claudio Salinas Irarrázaval, en representación de la demandante Javiera Anaís Guzmán Leni en causa Rol C-4477-2022 del Juzgado de Letras de Colina, interpuso recurso de hecho en contra de la resolución
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