SIN INFORMACION

FARIAS SEPULVEDA MARIO RODRIGO/SUBDIRECTOR OPERATIVO NACIONAL DE GENDARMERIA DE CHILE

Rol

Fecha

5 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Ignacio Andrés Salinas Parra, abogado, en representación del interno don Mario Rodrigo Farías Sepúlveda, e interpone acción constitucional de amparo, en contra del Centro de Cumplimiento Penitenciario de Colina II, por vulnerar el derecho constitucional de la libertad personal y seguridad individual, establecido en el art. N° 19 N°7 de la Constitución Política del Estado, al revocar el beneficio intra- penitenciario de salida dominical y fin de semanas del interno, constituyendo dicha actuación un acto arbitrario e ilegal que vulnera su derecho a la libertad personal. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 7 años y 181 días de presidio mayor en su grado mínimo y la accesoria legal de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y de la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, impuesta por el Juzgado de Garantía de San Bernardo en procedimiento abreviado celebrado con fecha 27 de enero del año 2021, señalando que producto de su intachable conducta y buen desempeño laboral y educativa, obtuvo el beneficio intra-penitenciario de salida dominical y salida controlada los fines de semana. Refiere que con fecha 27 de mayo del presente año un funcionario de Gendarmería mientras realizaba rondas por el pabellón administrativo encontró un celular vibrando dentro de una mochila en las dependencias de los internos denominados “mozos”, atribuyéndole el dispositivo móvil al amparado, sin haber una mayor investigación por parte de Gendarmería. Agrega que, posteriormente, se le allanó su casillero en donde se le encontró un celular que estaba autorizado por la unidad, y que el funcionario de Gendarmería le indicó que “esto le iba costar el beneficio”. Alega que el día de los hechos no se dio aviso a nadie, no se confeccionó ningún parte de la situación, ni mucho menos constatación de lesiones. Señala que el 30 de mayo del p

Fallo

Por estas razones expuestas el Consejo Técnico de la Unidad Penal REVOCÓ el beneficio otorgado, con arreglo al Art. 99, inciso 2° del Decreto 518 “Reglamento de Establecimientos Penitenciarios”. Por lo anteriormente expuesto, solicita se rechace el presente recurso en todas sus partes, ratificándose el hecho que Gendarmería de Chile actuó en pleno ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias y con estricto apego a las normas consagradas en la Constitución Política de la República. Tercero: Que se evacua informe al tenor del recurso por la doña Carmen Troncoso Ubilla, Juez Juzgado de Garantía de Colina, dando cuenta que de la revisión de la causa en el sistema Siajg, aparece, en lo pertinente, que con fecha 30 de agosto de 2023, se celebró audiencia de Cautela de Garantías, impugnando la defensa una sanción que había sido aprobada por el tribunal de Colina, en relación al interno Mario Farías Sepúlveda, acogiéndose la misma y dejando, en consecuencia, sin efecto la resolución que había aprobado la sanción, rechazándola, en su lugar. Cuarto: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República, consagra la denominada acción de amparo y dispone, en lo pertinente, que: “Todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediat

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, cinco de octubre de dos mil veintitrés. Al folio N° 18; a todo, téngase presente. Santiago, cinco de octubre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que, comparece don Ignacio Andrés Salinas Parra, abogado, en representación del interno don Mario Rodrigo Farías Sepúlveda, e interpone acción constitucional de amparo, en contra del Centro de Cumplimie

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica