ÁVILA/INSTITUTO DE INVESTIGACIONES Y CONTROL
Rol
Fecha
5 de octubre de 2023
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: Por sentencia de veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-3530-2022, se acogió la demanda deducida por don Eloy Humberto Ávila Espina, en contra de su ex empleadora Instituto de Investigaciones y Control (IDIC), solo en cuanto se condena a la demandada a pagar las prestaciones que individualiza,
Fundamentos
considerando indemnización por años de servicios y feriado adeudado, rechazándose en lo demás la demanda, sin costas. Contra dicho
Fallo
fallo la parte demandada deduce recurso de nulidad, invocando en primer término la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia se hubiere dictado con infracción manifiesta a las normas de apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana critica, que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo. De manera subsidiaria esgrime la causal del artículo 477 del Código del Trabajo por contravención al artículo 19 Nº3 de la Constitución Política de la República. En la misma forma de interposición, alude a la causal del mencionado artículo 477, por infringir lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N°18.458 modificada por la Ley N°20.735. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, quedando en acuerdo. Considerando: Primero: Que la recurrente deduce en primer término el recurso por la causal contemplada en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, argumentando, luego de exponer los antecedentes de la causa, además del sentido y alcance del concepto de sana crítica, referida a que en ningún caso podría llegar a concluirse que le resulta aplicable a un trabajador contratado bajo las normas del Código del Trabajo la normativa del personal a contrata de las Fuerzas Armadas, constituye un atentado contra las reglas de la lógica, particularmente en lo relacionado con el principio de razón suficiente y el de no contradicción. Especifica el recurrente la infracción señalando que en el fallo de autos no se logra a
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Santiago, cinco de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS: Por sentencia de veintiocho de noviembre de dos mil veintidós, dictada por el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, en los autos RIT O-3530-2022, se acogió la demanda deducida por don Eloy Humberto Ávila Espina, en contra de su ex empleadora Instituto de Investigaciones y Control (IDIC), solo en cuanto se condena a la demandad
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