HUENUANCA OYARZO ABRAHAM GUILLERMO ANDRES / GENDARMERIA DE CHILE
Rol
Fecha
5 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña María José Carrasco Mora e interpone acción constitucional de amparo en favor de su marido, Abraham Guillermo Andrés Huenaunca Oyarzo, recluido en el CDP de Puente Alto, en contra de Gendarmería de Chile, con el motivo de encontrarse amenazado de muerte por otros internos del recinto penitenciario y temer por su seguridad. Indica que actualmente su pareja se encuentra en el Hospital Sotero del Río, luego de haber sido agredido y lesionado de gravedad por otros internos; manifiesta que ha sido amenazado de muerte por reclusos de casi todos los recintos penitenciarios, con excepción del CCP Colina II. Solicita acoger el recurso y que se adopten las medidas pertinentes para garantizar la seguridad de su marido. Segundo: Que informa al tenor del recurso doña Valeria Rebeca Orrego Caro, abogada, por la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, quien indica que el Huenaunca Oyarzo actualmente – y desde el 18 de agosto de 2023- se encuentra recluido en el CDP Puente Alto, lugar en que se encuentra con segmentación agotada, luego de ser trasladado desde el CCP Colina II, por problemas de convivencia con sus pares y faltas al régimen interno. Refiere que el 20 de septiembre de 2023, Huenaunca Oyarzo y otro interno habitante de la Torre N°5, manifestaron a personal de Gendarmería de Chile haber sido agredidos con arma blanca por otros internos -no identificados por haber actuado con su rostro cubierto-, siendo derivada la persona en cuyo favor se recurre, primero, a la enfermería del recinto, constatándose una herida abdominal por arma blanca y, luego, al Hospital Sotero del Río, donde se calificaron sus lesiones como leves. Manifiesta que personal del servicio se constituyó en el lugar de los hechos con la finalidad de averiguar la identidad de los agresores, a través de un registro de allanamiento de la dependencia, pero que no se obtuvieron resultados positivos. Indica que el mismo día se dio cuent
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Abraham Guillermo Andrés Huenaunca Oyarzo en contra de Gendarmería de Chile. Sin perjuicio de lo resuelto, Gendarmería de Chile deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar la seguridad de la persona en cuyo favor se ha recurrido. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N° 699-2023 Amparo.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, cinco de octubre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña María José Carrasco Mora e interpone acción constitucional de amparo en favor de su marido, Abraham Guillermo Andrés Huenaunca Oyarzo, recluido en el CDP de Puente Alto, en contra de Gendarmería de Chile, con el motivo de encontrarse amenazado de muerte por otros internos del recinto peniten
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