1ER JUZGADO DE POLICIA LOCAL DE VALPARAISO

IBAÑEZ/SURA

Rol

Fecha

4 de octubre de 2023

Materia

APELACIÓN SENTENCIA DEFINITIVA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, salvo su

Fundamentos

considerando quinto, que se elimina. Y se tiene, en su lugar, presente: 1° Que en el parte policial y en sus declaraciones indagatorias los conductores de los vehículos que colisionaron entre sí entregan versiones contradictorias inculpándose mutuamente. 2° Que el artículo 14 de la Ley N° 18.287 permite apreciar los antecedentes de la causa conforme a las reglas de la sana crítica, facultad que aplicada a la prueba rendida permite dar por establecido cómo sucedieron los hechos. 3° Que, en efecto, de las declaraciones de los testigos Rubén Meza Guzmán y Ana Silva Garrido, de fojas 63 y 63 vuelta, y Gabriel Aguirre Urdaneta y María José Pérez Yepes, de fojas 65, así como de la absolución de posiciones de fojas 63, se desprende que el 14 de febrero de 2021, a las 15:30 hrs., en circunstancias que doña María Teresa Ibáñez Soto conducía el automóvil patente KTFD 61 por calle Eloy Alfaro esquina de Avenida Argentina, con luz verde en el semáforo allí existente, fue chocada por el vehículo patente LPLY 17 que era conducido por don José Vicente Sáez Vega, quien lo hacía por Avenida Argentina en dirección al norte y sin detenerse ante la luz roja que enfrentaba en el mencionado semáforo. 4° Que, consecuentemente, se ha probado que el conductor José Vicente Sáez Vega incurrió en la infracción gravísima prevista en los artículos 104 N° 1 letra c) y 199 N° 1 de la Ley del Tránsito, esto es, “No detenerse ante la luz roja de las señales luminosas del tránsito, o ante la señal "PARE"”, motivo por el cual procede revocar la sentencia sólo en cuanto no dio lugar a la denuncia de fojas 1 y, en su lugar, condenar al mencionado conductor por la indicada infracción, imponiéndole las sanciones establecidas en los artículos 204 N° 1 y 207 letra a) de la citada ley.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en las Leyes N° 18.287 y N° 18.290, se revoca la sentencia de nueve de noviembre de dos mil veintidós, escrita de fojas 66 a 68 vuelta de estos antecedentes, sólo en cuanto por ella se negó lugar a la denuncia de fojas 1, y en su lugar se declara que se condena a José Vicente Sáez Vega como autor de la infracción gravísima prevista en los artículos 104 N° 1 letra c) y 199 N° 1 de la Ley del Tránsito, imponiéndosele una multa de 1,5 unidades tributarias mensuales y la suspensión de su licencia de conducir por cinco días, y confirmándose en lo demás el fallo apelado. Redacción del abogado integrante Guillermo Oliver Calderón. Regístrese y devuélvase. No firma el Ministro señor Alejandro García Silva, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y su acuerdo, por no integrar el día de hoy. N° Policía Local-444-2022.

Texto Completo (Preview)

I.C.A. de Valparaíso. Valparaíso, cuatro de octubre de 2023. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada, salvo su considerando quinto, que se elimina. Y se tiene, en su lugar, presente: 1° Que en el parte policial y en sus declaraciones indagatorias los conductores de los vehículos que colisionaron entre sí entregan versiones contradictorias inculpándose mutuamente. 2° Que el artículo 14 de l

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