BANCO DE CHILE CON CARES
Rol
Fecha
4 de octubre de 2023
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes; teniendo presente que los documentos agregados por la apelante en segunda instancia -consistentes en boleta de honorarios electrónica (acompañada a folio 4) y comprobantes de transferencias electrónicas de fechas 10/06/2022, 31/01/2023, 19/04/2023, 31/08/2023 y 22/09/2023 (acompañadas a folio 14) efectuadas por diversas empresas representadas por el demandado de autos- dan cuenta de instrumentos que emanan de la propia parte, y por ende, corresponden sólo a una visión particular y de escaso valor probatorio respecto del servicio jurídico realizado en estos autos, el que por lo demás corresponde sea avaluado prudencialmente; y especialmente
Fundamentos
considerando la labor efectiva desplegada por los profesionales de la parte demandada, el tiempo de tramitación del mismo, la naturaleza y complejidad de la labor y su cuantía, se puede inferir que el monto de costas personales fijado por el tribunal a quo corresponde sea aumentado, pero únicamente en el monto que se dirá.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución de dos de marzo de dos mil veintitrés, que rechazó la objeción a la tasación de costas personales deducida por el demandado, y se declara en cambio que se acoge sólo en cuanto se aumentan las costas personales producidas durante la secuela del juicio a la suma de $700.000 (setecientos mil pesos). Comuníquese y devuélvase. Rol 343-2023 Civil. No firma el Ministro Sr. Santibáñez, por no encontrarse integrando el día de hoy, sin perjuicio de haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa.
Texto Completo (Preview)
Rancagua, cuatro de octubre de dos mil veintitrés. Habiéndo transcurrido el plazo de citación otorgado mediante redsolución de folio 17 a los documentos acompañados por la parte demandada (a folio 14) con fecha 27 de septiembre pasado, se procede a resolver el recurso de apelación deducido; Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes; teniendo presente que los documentos agregados por la apela
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