OYUQUIPA/SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
4 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: La comparecencia de Juan Guzmán Zúñiga, abogado de Migraciones de la Corporación de Asistencia Judicial, domiciliado en Avenida Grecia N°2032, 3° piso, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en favor de Maritza Denis Oyuquipa Poccori, peruana, cédula de identidad N°26.567.999-4, con domicilio en Covadonga Nueva N°938 casa 7 de Antofagasta, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, representado por don Luis Thayer Correa, pidiendo se admita a trámite la solicitud de residencia definitiva de la recurrente y darle el curso correspondiente. Informó el recurrido, solicitando el rechazo de la acción. Puesta la causa en estado, se trajeron los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurrente indica que impugna la resolución Folio N° 44036370 de fecha 08 de agosto de 2023 (Código de trámite: 65134724) la cual en su parte resolutiva señala: “Mediante el presente acto se informa a usted que ha solicitado una residencia definitiva, que conforme a lo dispuesto en la Ley 21.325 de Migración y Extranjería, y su Reglamento, no es posible admitir a trámite su petición puesto que: No ha completado el plazo de dos años de visa sujeta a contrato, requisito exigido para solicitar el beneficio impetrado, de acuerdo a lo establecido en el inciso 1° del artículo 40 del Decreto Supremo N°597 del Ministerio del Interior, antiguo Reglamento de Extranjería. Debe solicitar la una nueva residencia temporal en el portal https://tramites.extranjeria.gob.cl/”. Señala que reiteradamente ha indicado al Servicio de Migraciones, que sí cumple con la antigüedad exigida por la legislación vigente. Agrega que realizó dos solicitudes, la primera para la obtención de la residencia definitiva con ID 49355215 enviada el 4 de agosto del 2022 a un mes de vencerse su cedula de identidad, lo que no fue acogido a trámite, no obstante cumplir con todos los requisitos solicitados. Agrega que a raíz de lo anterior concurrió al Servicio Nacional de Migraciones y le indicaron que debía enviar una carta explicativa por Correos de Chile de la cual no tuvo respuesta y por ello realizó una segunda solicitud con el ID 65134724 que envió el 24 de mayo del 2023 que también obtuvo como respuesta que no fue acogida a trámite, porque determinó el Servicio que la recurrente no cumplió con las dos visas sujetas a contrato, lo que no es efectivo. Insiste en que cumple todos los requisitos, teniendo dos visas sujetas a contrato con el mismo empleador, la primera visa fue Res. N°16198/25-10-2018 desde 30/10/2018 hasta 30/10/2019, luego se solicitó una segunda visa la cual no supo en qué situación se encontraba porque empezó la pandemia y todos los establecimientos cerraron y no podía consultar en qué situación se encontraba y en ningún momento le llegó correo por lo cual se debió autodenunciar y pagar una multa la cual fue exonerada, porque siempre trabajó con el mismo empleador y tenía todas sus cotizaciones al día. Explica que Intendencia Regional de Antofagasta autorizó a la recurrente para continuar con su proceso y es así que solicitó la segunda visa sujeta a contrato de Res. N°2883 de fecha 17/05/2021 desde ese día hasta el 28/09/2022, añadiendo que la recurrente lleva trabajando más de cuatro años con el mismo empleador, contando con sus cotizaciones al día tanto de Fonasa como AFP, sin antecedentes penales, agregando además que su pasaporte con número 220023798 se encuentra vigente hasta el 26 de febrero del 2026, y contando con certificado de vigencia de contrato. Sostiene que la recurrente cumple con los dos años de visa sujeta a contrato que exige la ley, precisando que la primera visa le fue otorgada desde 30/10/2018 hasta 30/10/2019 y
Fallo
por tanto, no se acogió a trámite su solicitud. Lo que consta en oficio Ord. N°3034 de 18 de diciembre dirigido al domicilio de la recurrente. Expresa que el 23 de diciembre de 2020, por resolución exenta N°3343 de la Intendencia Regional de Antofagasta, se aplicó sanción de amonestación a la extranjera, por encontrarse en situación irregular, otorgándole un plazo de 15 días para regularizar su situación migratoria o hacer abandono del país. Agrega que para regularizar su situación, la recurrente con fecha 20 de enero de 2021 solicitó nueva visa sujeta a contrato, ante el Departamento de Extranjería y Migración con la empleadora Erismendi De Banda Blanca Luz, otorgándose dicho beneficio migratorio, por un año por resolución exenta N°2883 de 17 de mayo de 2021 de la Gobernación Provincial de Antofagasta, cuya vigencia fue desde el 28 de septiembre de 2021 hasta 28 de septiembre de 2022. Destaca que la extranjera estuvo en situación migratoria irregular desde el 31 de octubre de 2019 hasta el 20 de enero de 2021, es decir, 1 año y 2 meses, por tanto, la recurrente al solicitar el beneficio migratorio de residencia definitiva, postula sin contar con plazo continuo exigido para solicitar dicho permiso de residencia. Añade que lo anterior, consta en oficio folio N°44036370 de 8 de agosto de 2023, del Servicio Nacional de Migraciones. Indica que no existe impedimento para que el recurrente solicite un permiso de residencia temporal, añadiendo que no está sujeta a orden de aband
Texto Completo (Preview)
Antofagasta, a cuatro de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS: La comparecencia de Juan Guzmán Zúñiga, abogado de Migraciones de la Corporación de Asistencia Judicial, domiciliado en Avenida Grecia N°2032, 3° piso, Antofagasta, quien interpone recurso de protección en favor de Maritza Denis Oyuquipa Poccori, peruana, cédula de identidad N°26.567.999-4, con domicilio en Covadonga Nueva N°938 casa
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica