GERARDO ALEJANDRO HENRÍQUEZ HERNÁNDEZ/ ISAPRE BANMÉDICA S.A. (PR15)
Rol
Fecha
4 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Con fecha 20 de julio del año 2023, comparece don Daniel Heinrich Mordoj abogado, por don Gerardo Alejandro Henríquez Hernández, cédula nacional de identidad N° 10.923.257 2, domiciliado para estos efectos en Freire 1062, Concepción y viene en deducir recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A. rut 96.572.800 7, representada legalmente por don Aldo Gaggero Madrid, ambos con domicilio en Avda. Apoquindo 3600 3° piso, Las Condes, en virtud de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que en su presentación expuso. Indica que esta contractualmente vinculado con Isapre Banmédica S.A., con quien contrató sin preexistencias y
Fallo
por tanto, sin restricción alguna de coberturas para patologías y aun cuando existieran dichas preexistencias, es la propia ley la que establece una limitante de 18 a 36 meses, como máximo para dichas coberturas con un tope que no puede ser inferior al 25% de la cobertura Fonasa. Explica que con fecha 11 de mayo de 2021 fue publicada la Ley 21.331 sobre el reconocimiento y protección de los derechos de las personas en la atención de salud mental. En su historia fidedigna, se plasmó la relevancia de diseñar políticas públicas teniendo a la salud mental como un elemento transversal, bajo la premisa "no existe salud si no hay salud mental". En sus discusiones en sala se observa la preocupación del legislador por las coberturas, prestaciones y atenciones restringidas para el tratamiento de la salud mental en el sistema de Isapres. Añade que hasta antes de la entrada en vigencia de la ley 21.331, el artículo 190 del D.F Nº l del Ministerio de Salud, de 2005, permitía a las Isapres crear planes de salud que contemplen coberturas reducidas para determinadas prestaciones -sin distinción-, poniendo como límite que en ningún caso pueden ser inferiores al 25% de la cobertura Fonasa. Que el mismo plan le asigne a la prestación genérica correspondiente, ni a la cobertura que contempla el Arancel del Fonasa en la Modalidad de Libre Elección. En virtud de dicha disposición, las isapres han establecido en sus planes de salud coberturas reducidas para el conjunto de prestaciones asociadas a
Texto Completo (Preview)
Rancagua, cuatro de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 20 de julio del año 2023, comparece don Daniel Heinrich Mordoj abogado, por don Gerardo Alejandro Henríquez Hernández, cédula nacional de identidad N° 10.923.257 2, domiciliado para estos efectos en Freire 1062, Concepción y viene en deducir recurso de protección en contra de Isapre Banmédica S.A. rut 96.572.800 7, representada
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