JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE CHAITEN

MP C/ CRISTIAN FABIAN MONTANA BILCHI

Rol

Fecha

4 de octubre de 2023

Materia

AMENAZAS SIMPLES CONTRA PERSONAS Y PROPIEDADES ART. 296 N°3.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Vistos y

Fundamentos

considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Letras y Garantía de Chaitén, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado recurrente. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervinientes, se desprende que en este estadio procesal, existen elementos de convicción suficientes para estimar concurrentes los requisitos de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal, esto es, la existencia material de los hechos investigados y aquellos tendientes a presumir fundadamente la participación que en ellos se atribuye al encartado. 3°) Que, respecto de la necesidad de cautela prevista en la letra c) de la norma ya referida, ésta sólo se ve resguardada con la medida de prisión preventiva, teniendo en consideración el número y naturaleza de los delitos por los cuales fue formalizado, las circunstancias de su comisión y lesividad, y la especial situación de vulnerabilidad de las víctimas, lo que da cuenta de la insuficiencia de otras medidas cautelares de menor intensidad para resguardar la seguridad de las víctimas y asegurar su comparecencia a los actos del procedimiento. Por estos fundamentos y atendido lo dispuesto en los artículos 36, 140, 155 y 370 del Código Procesal Penal, se confirma la resolución en alzada de fecha veintisiete de septiembre del año en curso, dictada por doña Rode Reyes Reumay, Jueza Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Chaitén, que decretó la medida de prisión preventiva que pesa sobre el imputado CRISTIAN FABIÁN MONTAÑA BILCHI. Devuélvase. Rol Penal 1075-2023.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt,  cuatro de octubre de dos mil veintitrés.  Vistos y considerando: 1º) Que, se elevan estos autos para conocer del recurso de apelación deducido por la defensa en contra de la resolución del Juzgado de Letras y Garantía de Chaitén, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado recurrente. 2º) Que, del mérito de lo expuesto en la audiencia por los intervini

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