SIN INFORMACION

AGRICOLA INDUSTRIAL LO VALLEDOR AASA S.A./GUERRERO DEL RIO ROBERTO -VUELVE A TABLA

Rol

Fecha

4 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que en autos arbitrales sobre declaración de ilícitos civiles con indemnización de perjuicios recurre de queja don René Luis Núñez Ávila, en representación del demandante en contra del Sr. Juez Roberto Guerrero Del Río -árbitro mixto- por los graves faltas y abusos cometidos en la dictación de la sentencia de 26 de diciembre de 2022, que acoge, sin costas, la demanda sólo en cuanto declara que la demandada incurrió en ilícitos civiles en la obtención de información del sistema SAP de la demandante y se condena a Frigorífico Temuco S.A. a pagar a Agrícola Industrial Lo Valledor AASA S.A.. a título de indemnización de perjuicios por este concepto, la suma de $112.000.000, la que deberá reajustarse en la variación del Índice de Precios al Consumidor entre la fecha de la notificación de la demanda y el pago efectivo, sin intereses. En lo que respecta a las restantes peticiones de la demanda, éstas se rechazan. El quejoso alega que el sentenciador al resolver lo debatido, ha incurrido en las siguientes faltas o abusos graves: 1.- Habiendo prueba suficiente no existe congruencia entre la decisión y los antecedentes del caso ni aplicación de las reglas de la lógica ya que se constata, en el fallo arbitral y conforme al mérito del proceso, que la demandada incurrió en todos los ilícitos civiles demandados y no sólo en uno de ellos. Refiere que hubo una estratagema completa, armónica y planificada, siendo la obtención de información del sistema SAP de la demandante sólo una de las varias conductas desplegadas para la obtención del fin final. Al respecto sostiene que correspondía analizar y valorar la prueba en su conjunto y no como lo hizo el juez, en particular, porque si la contraria resultó condenada es porque existen hechos ilícitos. Expresa que lo anterior es evidente, especialmente al tratar de inducir a todos los trabajadores de todas y cada una de las sucursales de la actora a renunciar, lo que solo logra en Antofagasta, acredit

Fundamentos

fundamentos: 1.- Más que una concreta imputación de faltas o abusos graves en que el árbitro habría incurrido, se está objetando su criterio jurídico, materia que no dice relación con la naturaleza y objeto de un recurso de queja, sino de una apelación, recurso este último desestimado o renunciado en la cláusula arbitral del contrato que dio origen a este litigio. Aclara que, si se lee detenidamente el recurso, más bien se trata de reclamos sobre la interpretación y aplicación de los contratos y de los hechos en que incidió el fallo, en la parte que no agrada a la parte reclamante 2.- Luego de hacer presente los antecedentes generales del proceso y tramitación, señala que los abusos o faltas graves que se le imputan son esencialmente dos: a.- No existe congruencia entre la decisión y los antecedentes del caso ni aplicación de las reglas de la lógica” habiendo prueba suficiente, lo que no es otra cosa que pretender rebatir la argumentación desarrollada en los considerandos del laudo. Asevera que no es efectivo, asimismo, que falte una valoración conjunta, armónica y congruente de los hechos, como se pretende sostener, de acuerdo a lo señalado en los considerados 4 al 12, que reproduce. b.- Discusión del monto de la indemnización de perjuicios acogida en relación con el total de indemnización pretendido en la demanda. Hace presente que en el

Fallo

fallo arbitral y conforme al mérito del proceso, que la demandada incurrió en todos los ilícitos civiles demandados y no sólo en uno de ellos. Refiere que hubo una estratagema completa, armónica y planificada, siendo la obtención de información del sistema SAP de la demandante sólo una de las varias conductas desplegadas para la obtención del fin final. Al respecto sostiene que correspondía analizar y valorar la prueba en su conjunto y no como lo hizo el juez, en particular, porque si la contraria resultó condenada es porque existen hechos ilícitos. Expresa que lo anterior es evidente, especialmente al tratar de inducir a todos los trabajadores de todas y cada una de las sucursales de la actora a renunciar, lo que solo logra en Antofagasta, acreditándose por su parte, el intento en Viña del Mar y su logro respecto de un 77% del personal en Antofagasta. Así acusa una serie de hechos que estima probados y que daría cuenta del concierto efectuado en su contra. Concluye que el señor árbitro debió dar por probadas el resto de las conductas ilícitas. 2.- La demandada no compitió legítimamente como puede hacerlo cualquier actor. Entiende que, de la conclusión del perito, el árbitro tenía bases sólidas para otorgar todo el daño demandado, dado que el perito calcula pérdidas por 507 millones en 2017, 515 en 2018 y 219 en 2019. En cuanto a los gastos de viaje y estadía refiere que desconoce lo informado por el perito al respecto. También manifiesta que yerra al indicar que el perito

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C.A. de Santiago Santiago, cuatro de octubre de dos mil veintitrés. Vistos y teniendo presente: Primero: Que en autos arbitrales sobre declaración de ilícitos civiles con indemnización de perjuicios recurre de queja don René Luis Núñez Ávila, en representación del demandante en contra del Sr. Juez Roberto Guerrero Del Río -árbitro mixto- por los graves faltas y abusos cometidos en la dictación de

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