SIN INFORMACION

COLLINS/ILUSTRE MUNCIPALIDAD DE VILLARRICA

Rol

Fecha

4 de octubre de 2023

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos Comparece KATHERINE DANIELA SEPÚLVEDA VARGAS, abogada, domiciliada para estos efectos en San Martin 745 of 1102, edificio Uno, de la comuna y ciudad de Temuco, en representación de don PABLO DANIEL COLLINS SILVA, psicólogo, RUN N° 16.002.932-3, domiciliado en General Aldunate 0505, de la comuna de Temuco, deduciendo recurso de protección, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VILLARRICA, RUT 69.191.500-K, representada legalmente por don GERMAN VERGARA LAGOS, RUN 8.437.774-0, Alcalde de la I. Municipalidad de Villarrica, domiciliados para estos efectos en Avenida Pedro de Valdivia 810, comuna y ciudad de Villarrica. A.-

Fundamentos

FUNDAMENTOS DE HECHO. Don Pablo Collins Silva es psicólogo de profesión, quien cuenta con especialidad en terapia familiar sistémica (terapeuta familiar) de la Universidad de la Frontera, Magister en Psicología Clínica de la Universidad de la Frontera, y es experto en Salud Familiar, iniciando su carrera laboral en la Administración Municipal de Villarrica en el año 2009, donde se le encomendó por necesidad del servicio realizar horas de atención clínica en el CESFAM de Lican Ray, para ya a partir del año 2010 trasladarse definitivamente al CESFAM Lican Ray a desempeñarse por 44 horas semanales. En el año 2011 se le invitó por el entonces sr. Alcalde de la comuna a ser parte de su equipo asesor. En el año 2012 regresa al CESFAM Lican Ray como psicólogo, dentro de este periodo se le nombra como asesor comunal del modelo de salud familiar, encargado programa MAIS (Modelo de Atención Integral en Salud), además de ser Coordinador y Gestor del Programa de Salud Mental, encargado además de Emergencia y Desastres, Coordinador de Servicio de Urgencia Rural (SUR). En el mismo año se le nombra como Director del CESFAM Lican Ray. En el Año 2014 asumió una nueva Directora y don Pablo Collins quedó como psicólogo y Director Subrogante del referido Cesfam. En el año 2014 participó en un concurso público y se le adjudica el cargo a PLANTA para el CESFAM Lican Ray por 44 hrs, a través del Decreto N° 835 de fecha 24 de noviembre del 2014, documento en el cual consta: “DECRETO: Nómbrese en calidad de titular en la Planta al cargo de PSICOLOGO del Cesfam Lican Ray, que se indica a continuación; Nombre: Pablo Daniel Collins Silva. RUT: 16.002.932-3. Categoría funcionaria: B. Nivel:13. Tipo función: Psicólogo. N° Horas:44 horas cronológicas semanales. A contar de:17 de noviembre del 2014.” Dicho cargo lo ha desempeñado hasta la fecha de manera continua e ininterrumpida hasta el presente año 2023, y de manera destacada, recibiendo inclusive bonificaciones como premio por su desempeño en el Cesfam Lican Ray, según consta en las liquidaciones de sueldo del referido. En el año 2021 asume un nuevo Alcalde en la Ilustre Municipalidad de la comuna, desempeñando don Pablo Collins las labores con el mismo compromiso y excelencia, teniendo una cercanía con los usuarios, apego que es de suma importante por la labor de psicólogo que desempeña el recurrente, brindando de esta manera la atención requerida con los usuarios y pacientes de Lican Ray, manteniendo terapias con los mismos, las que son necesarias que continúen hasta que el paciente y/o usuario es dado de alta. Cabe señalar que el viernes 31 de marzo del 2023 el referido hizo uso de permiso administrativo, y al regresar el día lunes 3 de abril del 2023 a su lugar de trabajo, esto es, al Cesfam Lican Ray a desempeñar su trabajo como habitualmente lo hacía, tomó conocimiento a través de un correo electrónico enviado por su Directora del Cesfam doña Fátima Palma, que se había ordenado su traslado de lugar de trabajo, en virt

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo preceptuado en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Protección, SE RECHAZA el recurso deducido por la abogada doña KATHERINE DANIELA SEPÚLVEDA VARGAS, en representación de don PABLO DANIEL COLLINS SILVA, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE VILLARRICA. Regístrese y archívese. Redacción abogado integrante Roberto David Contreras Eddinger. Rol N° Protección-4152-2023 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, cuatro de octubre de dos mil veintitrés. Vistos Comparece KATHERINE DANIELA SEPÚLVEDA VARGAS, abogada, domiciliada para estos efectos en San Martin 745 of 1102, edificio Uno, de la comuna y ciudad de Temuco, en representación de don PABLO DANIEL COLLINS SILVA, psicólogo, RUN N° 16.002.932-3, domiciliado en General Aldunate 0505, de la comuna de Temuco, deduciendo recurso de

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