ANONIMIZADO
Rol
Fecha
3 de octubre de 2023
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella que rechaza la solicitud de la parte demandante, de tener por notificado al demandado por el estado...
Fallo
se declara que la Ministra titular señora Matilde Esquerré Pavón se encuentra inhabilitada para conocer de la presente causa. Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones que ponen término al procedimiento o hacen imposible su continuación, y las que se pronuncien sobre medidas cautelares”. 2.- Que, en la situación en estudio, la resolución impugnada es aquella que rechaza la solicitud de la parte demandante, de tener por notificado al demandado por el estado...
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción NGA/gam Concepción, tres de octubre de dos mil veintitrés. Con el mérito de la constancia que antecede, se declara que la Ministra titular señora Matilde Esquerré Pavón se encuentra inhabilitada para conocer de la presente causa. Vistos: 1.- Que, el artículo 67 N°2 de la Ley N°19.968 establece: “Sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia, las resoluciones
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