JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALPARAISO

MOYA CON FISCO DE CHILE Y OTROS

Rol

Fecha

3 de octubre de 2023

Materia

ART. 485 INCISO 3º CT

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: En estos autos RUC 2140353956-K, RIT T-399-2021, del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, Rol IC N° 594-2023, se deducen recursos de nulidad por los demandados Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota y Hospital Dr. Gustavo Fricke de Viña del Mar. Por una parte, doña Viviana Nordenflycht Jotar, en representación de la demandada Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de once de julio de dos mil veintitrés, dictada por el Juez Suplente del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, don Sebastián Ramírez Melo, que acogió la denuncia de despido discriminatorio deducida por don Rodrigo Moya Navarrete en contra de dicho Servicio de Salud y del Hospital Dr. Gustavo Fricke. Funda su recurso en tres causales que se invocan conjuntamente: en primer lugar, en la prevista en el artículo 478 letra e), en relación con el artículo 459 N° 4, ambos del Código del Trabajo; adicionalmente, en la contemplada en el artículo 478 letra c) del mismo cuerpo legal y, por último, en la causal establecida en el artículo 478 letra b) del referido Código. Por otra parte, doña Madelyn Maluenda Pérez, en representación de la demandada Hospital Dr. Gustavo Fricke, deduce recurso de nulidad en contra de la indicada sentencia, fundado en dos causales invocadas una en subsidio de la otra: como causal principal, invoca la causal del artículo 478 letra c) del citado Código y, como causal subsidiaria, la de la segunda parte del primer inciso del artículo 477 del mismo cuerpo legal. Admitidos y concedidos los recursos por el tribunal a quo, en este tribunal superior se les declaró admisibles y se fijó día para su vista, la que se llevó a efecto el veintisiete de septiembre de dos mil veintitrés, escuchándose alegatos, tanto por las partes recurrentes como por la recurrida.

Fundamentos

CONSIDERANDO: En cuanto al recurso del Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota: Primero: Que, como se ha dicho, la parte recurrente dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva ya individualizada, fundado, como primer motivo, en la causal que se encuentra establecida en el artículo 478 letra e), en relación con el artículo 459 N° 4 del Código del Trabajo, por no haberse valorado ciertos medios de prueba y por no haberse indicado las razones que se tuvieron para valorar otros. Alega que el

Fallo

fallo impugnado habría omitido el examen de varias resoluciones administrativas del director del Hospital Dr. Gustavo Fricke que impusieron sanciones a funcionarios distintos del demandante, en ejercicio de potestades disciplinarias diferentes de las atribuidas al director del Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota, y que ello habría significado una transgresión de normas legales sobre distribución de las competencias de ambos directores. Añade que la sentencia no habría indicado razones jurídicas para dar valor probatorio al informe N° 33/2020 del abogado del Departamento Jurídico del Hospital Dr. Gustavo Fricke. Segundo: Que, sin embargo, esta alegación del recurrente no puede ser atendida. Por un lado, porque no es efectivo que no se hayan considerado en la sentencia impugnada las resoluciones administrativas que impusieron sanciones a otros funcionarios. De hecho, ha sido precisamente su consideración lo que ha servido al tribunal a quo para constatar el trato discriminatorio de que fue objeto el demandante al ser destituido, en circunstancias de que otros funcionarios a quienes se imputaba no sólo el mismo hecho que al demandante, sino también otros hechos más recibieron sanciones menores, que no significaron su destitución. Esta discriminación no desaparece por consideraciones formales de distribución de competencias; todos los funcionarios estaban siendo objeto de responsabilidad en un mismo sumario. Y, por otro lado, porque tampoco es efectivo que el fallo no indi

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I.C.A. de Valparaíso. Cgv Valparaíso, tres de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS: En estos autos RUC 2140353956-K, RIT T-399-2021, del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, Rol IC N° 594-2023, se deducen recursos de nulidad por los demandados Servicio de Salud Viña del Mar – Quillota y Hospital Dr. Gustavo Fricke de Viña del Mar. Por una parte, doña Viviana Nordenflycht Jotar, en repre

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