MP C/ DAMIÁN ANDRÉS JORQUERA CAYUMÁN
Rol
Fecha
3 de octubre de 2023
Materia
ROBO CON VIOLENCIA. ART.436 INC. 1º 433, 438, 439.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito los antecedentes y teniendo en especial consideración el delito por el cual se encuentra formalizado el imputado y, que aún no se cuenta con el informe del Servicio Médico Legal al tenor de lo dispuesto en el artículo 458 del Código Procesal Penal, esta Corte estima que se mantiene como suficiente y proporcional la medida cautelar de prisión preventiva, por lo que se revocará la resolución recurrida en los términos que se dirá a continuación. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de dos de octubre de dos mil veintitrés, dictada en causa RIT 1297-2023, por el Juzgado de Garantía de Graneros, en cuanto alzó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Damián Andrés Jorquera Cayumán, y en su lugar, se decide que se mantiene la misma, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordado lo anterior con el voto en contra del abogado integrante Sr. Gana, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, por compartir en lo esencial, sus fundamentos. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 1696-2023- Penal-.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 140, 360 y siguientes del Código Procesal Penal, se revoca la resolución apelada de dos de octubre de dos mil veintitrés, dictada en causa RIT 1297-2023, por el Juzgado de Garantía de Graneros, en cuanto alzó la medida cautelar de prisión preventiva del imputado Damián Andrés Jorquera Cayumán, y en su lugar, se decide que se mantiene la misma, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad. Acordado lo anterior con el voto en contra del abogado integrante Sr. Gana, quien estuvo por confirmar la resolución en alzada, por compartir en lo esencial, sus fundamentos. Comuníquese y devuélvase. Rol I. Corte 1696-2023- Penal-.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, tres de octubre de dos mil veintitrés. Vistos: Atendido el mérito los antecedentes y teniendo en especial consideración el delito por el cual se encuentra formalizado el imputado y, que aún no se cuenta con el informe del Servicio Médico Legal al tenor de lo dispuesto en el artículo 458 del Código Procesal Penal, esta Corte estima que se mantiene como suficiente y propor
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