BICE/HASBÚN
Rol
Fecha
5 de octubre de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandada, con fecha veintiocho de agosto de dos mil veintitrés (folio N°5 –cuaderno de incidente de nulidad), en contra de la resolución de fecha veinticuatro de agosto del año en curso. Comuníquese. N°Civil-13963-2023.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido por la parte demandada, con fecha veintiocho de agosto de dos mil veintitrés (folio N°5 –cuaderno de incidente de nulidad), en contra de la resolución de fecha veinticuatro de agosto del año en curso. Comuníquese. N°Civil-13963-2023.
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago (Sala Tramitadora). Santiago, cinco de octubre de dos mil veintitrés. Sin perjuicio que la resolución de cinco de septiembre del año en curso y la minuta remisora elevada a esta Corte, señalan erróneamente la fecha en que fue dictada la resolución recurrida, se proveerá en la forma en que se indica: Vistos y teniendo presente: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 90 de
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