TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE RANCAGUA

M.P C/ GEFFRARD COLAS

Rol

Fecha

3 de octubre de 2023

Materia

ESTAFAS Y OTRAS DEFRAUDACIONES.ART. 468, 467, 469, 470 (SE EXCLUYE EL Nº 1 Y Nº 3 ) 473.

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Atendido que el Ministerio Público ejerció la acción penal pública en cumplimiento del mandato constitucional y legal como detentador exclusivo, se concluye que no efectuó ejercicio desproporcionado ni arbitrario de la persecución penal, menos aún si la absolución resuelta por el tribunal no se basó en la carencia absoluta de prueba, sino en la insuficiencia de la misma para superar la duda razonable en atención a que las víctimas no concurrieron a declarar al juicio, todo lo cual justifica eximir la condena en costas impuesta en la sentencia, en los términos del artículo 48 del mismo cuerpo legal. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 52 del Código Procesal Penal en relación con el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la condena en costas impuesta al Ministerio Público en la sentencia dictada con fecha ocho de septiembre de dos mil veintitrés, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en la causa RIT 307-2022 y, en su lugar, se le exime de dicha carga procesal. Acordada la decisión anterior, una vez desechada previamente la cuestión de admisibilidad del recurso planteada por el ministro (S) Sr. Oscar Castro Allendes. Regístrese y comuníquese. Rol Corte 1658-2023 Penal.-

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 52 del Código Procesal Penal en relación con el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la condena en costas impuesta al Ministerio Público en la sentencia dictada con fecha ocho de septiembre de dos mil veintitrés, por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Rancagua, en la causa RIT 307-2022 y, en su lugar, se le exime de dicha carga procesal. Acordada la decisión anterior, una vez desechada previamente la cuestión de admisibilidad del recurso planteada por el ministro (S) Sr. Oscar Castro Allendes. Regístrese y comuníquese. Rol Corte 1658-2023 Penal.-

Texto Completo (Preview)

C.A. de Rancagua Rancagua, tres de octubre de dos mil veintitrés. fgivcia Localresada bajo el folio N° 32, se provee: l dia de hoy, se omitepronuncimiamiento Vistos: Atendido que el Ministerio Público ejerció la acción penal pública en cumplimiento del mandato constitucional y legal como detentador exclusivo, se concluye que no efectuó ejercicio desproporcionado ni arbitrario de la persecución pe

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